El tribunal que condenó a Lázaro Báez a 15 años volvió a rechazar su arresto domiciliario

El tribunal que controla el cumplimiento de la condena del empresario Lázaro Báez a 15 años de prisión por lavado de dinero y fraude decidió dejarlo en prisión y no enviarlo a su casa en arresto domiciliario, como había sugerido su superior jerárquico, la Cámara Federal de Casación Penal, al ordenarle revisar su criterio.La decisión fue del juez del Tribunal Oral Federal 4 Néstor Costabel, que mantuvo su criterio del 6 de mayo pasado. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, en un fallo dividido, le había indicado al tribunal oral que revise su decisión y los jueces lo analizaron, pero mantuvieron su idea de que Báez debe seguir preso en la cárcel de Ezeiza.El juez Costabel consideró que los hechos que indicó la Cámara de Casación, como las deficiencias en los controles médicos de Báez, no solo no modificaron su criterio anterior sino que, una vez encausados, confirmaron que el condenado puede continuar cumpliendo su pena intramuros.El tribunal indicó que el Cuerpo Médico Forense (CMF) había sido concluyente en su informe acerca de que Báez presenta patologías crónicas, como hipertensión, diabetes tipo 2, EPOC, obesidad leve, adenoma de colon con displasia de alto grado, entre otras, pero todas se encuentran bajo tratamiento, sin signos de descompensación y con estabilidad clínica y hemodinámica.La pericia médica estableció expresamente que la detención intramuros no le impide recuperarse ni tratar adecuadamente sus dolencias.Costabel subrayó asimismo que de las denuncias más graves formuladas por la defensa de Báez -por ejemplo dijeron que tenía pulmonía o un cuadro gripal desde febrero, o un corte interno en la garganta y sangrados sostenidos- ninguna pudo ser corroborada.
El propio magistrado fue de manera sorpresiva al Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza el sábado 7 de junio, donde entrevistó personalmente a Báez en el Pabellón K. El empresario le expresó que tenía un cuadro gripal de 15 días, no de meses, y que los sangrados habían ocurrido hacía aproximadamente un mes, en el contexto de una constipación.
Esas manifestaciones, indicó el tribunal, coincidieron con los informes médicos del Servicio Penitenciario. El juez también descartó que las demoras en la obtención de turnos médicos o en la adecuación de los controles de glucemia hayan causado un daño concreto.
Indicó que la defensa aseveró en la audiencia del 19 de junio que las atenciones llegaban “cuando el daño ya estaba hecho”, pero que esa afirmación carecía de respaldo y la abogada no identificó a qué daños se refería.Al mantener el rechazo, el tribunal ordenó un conjunto de medidas para garantizar el seguimiento del estado de salud de Báez, como que la cárcel de Ezeiza deberá remitir un informe médico semanal sobre el cuadro general de salud del condenado.También el Servicio Penitenciario Federal deberá garantizar el traslado de Báez a los turnos programados fuera de la prisión en el Hospital Eurnekian y en el Hospital de Gastroenterología Udaondo, entre otros, con su historia clínica completa y las actuaciones médicas según la especialidad.Asimismo, deberán informarle el estado de gestión del turno para poder realizarle una videocolonoscopía ordenada por los especialistas del Hospital Udaondo, con los estudios prequirúrgicos correspondientes. En la cárcel deberán continuar con los controles glucémicos dos veces por día, conforme la recomendación del Cuerpo Médico Forense.El fiscal Abel Córdoba, en la audiencia convocada por Costabel luego de la recomendación de la Cámara de Casación, consideró que no se verificaban los presupuestos legales para conceder el arresto domiciliario bajo ninguna de las modalidades invocadas por la defensa.
Remarcó que en los diagnósticos disponibles desde abril no hubo ninguna modificación relevante y que la detención en la prisión no era incompatible con los requerimientos médicos de Báez. El fiscal reconoció que hubo deficiencias en la atención médica, pero consideró que esas falencias fueron corregidas y no justifican una morigeración de la pena.
En ese sentido, propuso citar a las autoridades del Complejo y del Hospital Penitenciario Central I para ordenarles mantener actualizada la historia clínica, garantizar que los traslados se realicen con la documentación completa y que la gestión de turnos sea realizada con anticipación y por los canales adecuados.La condena unificada de Báez es de 15 años de prisión, fijada en julio de 2025 por el Tribunal Federal 4 integrado por Costabel, Fernando Canero y Ricardo Basílico. Unificaron la pena de 10 años por lavado de dinero en la causa de la Ruta del Dinero K y los 6 años por fraude en la causa Vialidad, donde fue condenada Cristina Kirchner por favorecerlo con licitaciones de obras públicas.Asimismo de la prisión, se le impuso una multa de 329 millones de dólares, equivalente a seis veces el monto del dinero lavado a través de la financiera SGI, conocida como La Rosadita.
Báez tiene otras dos condenas no firmes que no fueron incluidas en la unificación: una a cuatro años por lavado en la compra del campo El Entrevero en Uruguay, y otra de tres años por no pagar aportes patronales.
Información de La Nación. Edición y redacción: Noticias Today.
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