SANTA FE.— Como dio a conocer El Litoral , la Municipalidad de Santa Fe llevó a cabo en mayo pasado una intervención de limpieza del cableado aéreo en desuso en un amplio sector de la Peatonal santafesina . Se trató del retiro -en trabajo coordinado con empresas prestatarias de servicios- de rollos y rollos de esos viejos cables coaxiales y de cobre.

El objetivo, según habían informado desde el gobierno local, fue “progresar en el reordenamiento del cableado existente, con criterios de simetría que avancen hacia una menor polución visual y así establecer criterios claros no sólo en la instalación del cableado aéreo, sino también en el soterramiento ”. El trabajo no terminaba ahí: como adelantó este diario, la intención del municipio era avanzar en una nueva normativa que actualice la actual -antigua y anacrónica respecto de los tiempos modernos que corren-, para proceder a ordenar el cableado aéreo y avanzar gradualmente hacia el soterramiento.

Así, se remitieron dos mensajes al Concejo . Excepción El área de Coordinación de Proyectos Estratégicos municipal de la ciudad capital envió para su consideración y tratamiento dos mensajes: el primero plantea una “excepción” sobre el cableado de cámaras de videovigilancia y de la red semafórica, dado que se trata de infraestructura existente y en permanente funcionamiento. “Con relación a este cableado en particular, a esta infraestructura, la tenemos que atender urgentemente.

Por eso solicitamos una excepción para llegar a un principio de solución en cuanto a garantizar el funcionamiento (de los dispositivos de videovigilancia y semáforos)”, comentó el coordinador de Proyectos Estratégicos, Carlos Suárez . Ordenamiento “madre” El segundo proyecto, al que accedió El Litoral, es un meticuloso plan ejecutivo orientado a, primero, ordenar el cableado aéreo en uso, dentro de “un proceso ordenado, gradual”, que permita reorganizar la infraestructura existente y, a partir de esa base, “avanzar progresivamente hacia soluciones subterráneas en los sectores prioritarios”. “ La iniciativa parte de una premisa: no es posible implementar un plan eficiente de soterramiento sin un ordenamiento previo del cableado aéreo.

Tal reordenamiento es una etapa necesaria para identificar redes activas, eliminar cableado en desuso, reducir estructuras de soporte, compactar recorridos, unificar alturas y liberar espacio urbano”, aduce luego. Así, el nuevo proyecto de ordenanza propone establecer un “régimen transitorio” que permita “ordenar el cableado existente y, simultáneamente, garantizar que las nuevas instalaciones se ajusten a parámetros técnicos uniformes.

De este modo se evita que, durante el período de planificación, continúe incrementándose el desorden actual”, subraya. “Criterios realistas” El proyecto tiene otro objetivo: avanzar hacia el “soterramiento progresivo” de redes, “para lo cual el abordaje en conjunto por todos los actores involucrados permitiría definir criterios realistas”. Aquí será clave la “planificación técnica” y en acuerdo con los operadores, evitando imponer obligaciones inmediatas de cumplimiento imposible”.

Se plantea un “enfoque equilibrado” que reconoce que la reducción de la polución visual y el soterramiento constituyen objetivos deseables, pero que su implementación “requiere necesariamente de un proceso técnico previo de ordenamiento del cableado aéreo ”. En esta línea, se enumera la compactación de tendidos, la reducción de cruces, el uso compartido de estructuras y la eliminación de redes en desuso -etcétera-, intervenciones que permitirían “obtener mejoras visibles en el corto plazo, y preparar las condiciones para una política estructural de soterramiento”. “Este esquema progresivo evita la adopción de normas inaplicables, reduce la posibilidad de conflictos regulatorios y brinda previsibilidad tanto al Estado como a los prestadores”, se enfatiza en los fundamentos del proyecto de ordenanza.

Las modificaciones El primer cambio significativo que propone el proyecto es la suspensión de la aplicación de un artículo (el N° 48, inciso a) de la actual ordenanza N° 10.519, la cual, como se expresó, es muy antigua (data de 1999, modificada luego, que regula el cableado aéreo en Santa Fe capital ) por el plazo de 180 días, prorrogable por una vez . ¿Qué implicaría esto?

Que no se otorgarían permisos de nuevas instalaciones de cableado aéreo por el plazo de 90 días corridos, tiempo prorrogable por igual término. Pero ante esto se citan algunas excepciones , como por ejemplo “las tareas de recambio, renovación, mantenimiento o actualización de cableado existente que realicen los prestadores sobre su propia infraestructura; las intervenciones de emergencia destinadas a restablecer un servicio”, entre otras.

Luego, aparece un punto central en el proyecto: el plan de reordenamiento del cableado aéreo existente de redes activas y cableado en desuso, de prestadores titulares y trazas actuales. El plan constará de tres etapas: la primera, de identificación y catastro (relevamiento