Nuevo choque de trenes: TC pide explicaciones a la Suprema por no respetar suspensión en recurso de un deudor CAE

La pelea por quién tiene la última palabra constitucional, si la Corte Suprema o el Tribunal Constitucional (TC), acaba de registrar un nuevo episodio en una teleserie de larga data marcada por fuertes tensiones entre ambas jurisdicciones.Para quienes siguen de cerca los debates judiciales, la fricción entre la Suprema y el TC pasa por etapas, a veces de mucha presión, o luego de veces marcada por una meseta de calma entre ambas instituciones.Esa calma registró, la semana pasada, un punto de quiebre y el culpable fue un recurso de protección presentado por un deudor del CAE en contra de la Tesorería. La acción de protección ingresó al 14 de abril ante la Corte de Rancagua y lo hizo un abogado deudor del CAE alegando, entre otras cosas, vulneración al debido proceso por ejecutar una cobranza como si fuese una deuda de carácter tributario siendo que el CAE es una deuda que debiese cobrarse con las reglas de un juicio ejecutivo civil.El 27 de abril la Corte de Rancagua hizo lo que era previsible: declararlo inadmisible.
Por unanimidad los ministros Jorge Fernández, el fiscal judicial Joaquín Nilo y el abogado integrante Octavio Sufán resolvieron que la vía extraordinaria de la acción cautelar no es el camino para resolver las alegaciones expuestas por el deudor y que la forma correcta es hacerlo “en el propio procedimiento administrativo” ante la Tesorería.El recurrente no se quedó conforme y tres días después, el 30 de abril, apeló a la Suprema. Su objetivo era pelear la admisibilidad y lograr que la judicatura pueda acceder al fondo del asunto.Cuatro días después, los abogados del deudor pidieron al tribunal de alzada de O’Higgins el certificado que acredita una gestión pendiente -la apelación de la inadmisibilidad- y con eso avisó a la judicatura de su siguiente jugada.
Esos certificados se piden cuando los recurrentes pretenden llevar la pugna judicial al TC y así presentar un recurso de inaplicabilidad. Esa es la herramienta que se usa para alegar que en un caso específico la aplicación de ciertas normas generan efectos inconstitucionales, pero solo para ese caso concreto, nunca con efectos generales.Luego de certificar la gestión pendiente, el cinco de mayo, el deudor recurrió de inaplicabilidad ante el TC.
En su escrito solicitó que el TC ordenara la suspensión del proceso ante la Suprema mientras no se resuelva su recurso ante el TC.La inaplicabilidad fue vista por el TC el 20 de mayo. La causa se asignó a la Primera sala y resolvieron las ministras Daniela Marzi, Nancy Yáñez y Alejandra Precht y los ministros Miguel Ángel Fernández y Héctor Mery.La resolución de fecha 20 de mayo admitió a trámite el recurso de inaplicabilidad y antes de resolver la admisibilidad ante el TC -que sigue pendiente- los ministros dieron luz verde a la solicitud de suspensión y ordenaron ese mismo día comunicar esa decisión a la Corte de Rancagua y también a la Suprema.
Dicha comunicación fue despachada al secretario de la Suprema, Jorge Sáez, a las 16:19 de ese mismo día Aquí tuvo lugar el problema. El Poder Judicial ya sabía, por el certificado solicitado, que el asunto se estaba ventilando ante el TC y podía llegar una orden de suspensión.
No obstante, seis días antes, el 14 de mayo, ya se había dado cuenta de la apelación en la Tercera Sala.El 22 de mayo la sala constitucional -integrada por la ministra Adelita Ravanales, los ministros Jean Pierre Matus, Omar Astudillo y Gonzalo Ruz, y la abogada integrante María Angélica Benavides- confirmaron por unanimidad la inadmisibilidad del recurso de protección que ya había resuelto la Corte de Rancagua. Tal como lo han hecho con más de mil recursos similares.Eso sucedió pese a que dos días antes el TC ya había comunicado al máximo tribunal que se había decretado la suspensión de dicha causa.¿Por qué la Suprema no respetó lo ordenado por el TC?
Todo apunta a que el dése cuenta de la suspensión en la Tercera Sala se dictó después de que la sala deliberara el asunto. En el expediente judicial del máximo tribunal se puede ver que recién ese 22 de mayo a las 12:39 la presidenta Gloria Ana Chevesich firmó la resolución que establecía el “téngase presente de la suspensión del procedimiento comunicada por el Tribunal Constitucional”.
El choque entre ambas jurisdicciones llevó a que el deudor pusiera en conocimiento de esta situación ante el TC. De esta forma, los ministros del TC pidieron explicaciones a la Suprema. “Ofíciese a la Corte Suprema a efectos de que indique la forma en que se dio estricto cumplimiento a la resolución de admisión a trámite con orden de suspensión del procedimiento”, se lee en una resolución del 10 de junio.La respuesta de la Suprema al TC aún no aparece en el expediente.
No obstante, fuentes judiciales comentan que todo indica a que la Suprema terminará imponiendo su decisión ya que fue tomada antes de que supiera que el proceso estaba suspendido.Pero más allá del lío procesal, este tipo de pugnas abre viejas heridas entre ambas jurisdicciones. Para nadie en el Poder Judicial es un misterio que hay supremos que miran con recelo que el TC suspenda procesos en la judicatura ordinaria.
De hecho en el pasado, cuando han ocurrido otros episodios de choque de trenes entre la Suprema y el TC de mayor envergadura, algunos magistrados han transparentado sin pudor qué piensan sobre el TC.La muestra más evidente de esto lo hizo el fallecido ministro Carlos Aránguiz y el entonces abogado integrante -actual ministro de la Tercera Sala- Jean Pierre Matus. Ambos pidieron eliminar un considerando de un fallo.
Esa solicitud quedó escrita en una prevención que resuena hasta el día de hoy entre ambas jurisdicciones: “(El TC es) un tribunal político (en el estricto sentido de la palabra) y sus fallos no pueden constituir fuente de jurisprudencia para el tribunal máximo de la República, como es la Corte Suprema”.
Información de La Tercera (Chile). Edición y redacción: Noticias Today.
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