Nuevas sanciones aduaneras de la DIAN: así cambian multas y la lucha contra el contrabando

Hasta ahora, le podía caer la misma sanción a quien tenía un error de digitación en una declaración de importación y a quien pasaba mercancía de contrabando. El nuevo régimen sancionatorio aduanero, aprobado esta semana en el Congreso, apuesta a que la DIAN persiga a contrabandistas, no errores en formularios.Puente internacional Simón Bolívar, en Cúcuta.
Imagen de referencia.Mario CaicedoSe suele decir que errar es de humanos, pero hay errores y también hay fraudes. No es lo mismo equivocarse que engañar; ni tampoco la buena fe se parece al dolo.
Esa distinción es, precisamente, el espíritu de una reforma aduanera que el Congreso aprobó esta semana y que cambia de fondo las reglas del comercio exterior colombiano (tanto para exportadores como para importadores) y, de paso, la manera en que el Estado combate el contrabando.El miércoles 10 de junio, las plenarias de Senado y Cámara aprobaron de forma simultánea el nuevo régimen sancionatorio aduanero, un texto que tardó más de un año en construirse y cuyos tiempos en el legislativo fueron tan apretados que, de no haberse aprobado el proyecto a apenas 10 días del fin de la legislatura, habría dejado sin piso jurídico más de 10.800 procesos aduaneros con cerca de COP 7 billones en disputa.¿Por qué un nuevo régimen sancionatorio?Para entender por qué el Congreso debatió este proyecto con tanta urgencia hay que recordar que la Corte Constitucional declaró inexequible el régimen sancionatorio aduanero vigente (que, en su momento, fue definido por decreto) al considerar que las sanciones aduaneras son materia de ley y, por tanto, deben pasar por el legislativo. La Sentencia C-072 de 2025 dio plazo hasta el 20 de junio de 2026 para remediarlo.La iniciativa nació en la DIAN, que radicó un primer proyecto en octubre de 2025 y luego se abrió un proceso de concertación con 35 gremios del sector privado y congresistas de gobierno y oposición.¿Qué cambia para el comercio exterior?El cambio más destacado es la distinción entre el error y el fraude en operaciones de comercio exterior.
La equiparación entre ambos términos era, precisamente, un reclamo recurrente de los gremios frente al régimen sancionatorio anterior. De ahí que el nuevo introduzca medidas proporcionales: sanciones más duras para quien defrauda deliberadamente al Estado, y mecanismos de corrección para quien se equivoca.Por ejemplo, un importador que trasladaba su bodega sin actualizar el RUT podía enfrentar el decomiso de su cargamento, aunque el error no tuviera ningún impacto fiscal.
Ahora, eso último deja de ser causal de aprehensión. O si una empresa tenía número de serial incorrecto en la descripción de una mercancía esto generaba aprehensión automática; con el nuevo régimen, el importador tiene 20 días para subsanarlo sin sanción.
Precisamente, el nuevo régimen abre la puerta a que el operador demuestre su debida diligencia y corrija el error antes de que llegue la sanción. “Con la nueva ley, las correcciones voluntarias y sin intervención de la autoridad aduanera no tendrán sanción. Con el decreto ley 920 (el régimen anterior), las correcciones voluntarias debían pagarse mínimo al 20 %”, le expresó Carlos Emilio Betancourt, director de la DIAN, a El Espectador.Un segundo cambio importante tiene que ver con la seguridad jurídica sobre el decomiso de mercancías.
Hasta ahora, la ambigüedad del régimen anterior dejaba a los operadores sin saber hasta cuándo estaban expuestos a una aprehensión. El nuevo régimen fija un plazo único de cinco años para que la DIAN ejerza esa acción, con un criterio más claro: la fecha de los documentos que soportan la introducción de la mercancía al territorio nacional.Otra clave del nuevo régimen es que, hasta ahora, se obligaba a los operadores a pagar primero la sanción y defenderse después: una vez la DIAN imponía una sanción, el cobro era inmediato independientemente de si el proceso estaba siendo discutido.
Con el nuevo régimen, los operadores con garantías globales y los Operadores Económicos Autorizados (OEA) solo enfrentarán cobro una vez se resuelva la discusión en sede judicial. “No es lo mismo una empresa que cometió un error de digitación o un incumplimiento formal que una persona que deliberadamente está tratando de defraudar al Estado. Cuando las reglas son claras, una empresa puede diseñar procesos, implementar controles internos, capacitar a su gente y gestionar sus riesgos”, dice Nicole Velásquez, gerente senior de Comercio Exterior de EY Colombia.¿Más foco en el contrabando?El nuevo régimen sancionatorio implica cambios en la operación interna de la DIAN.
Según explica el director de la entidad, se pasa de un enfoque centrado en la verificación documental y la sanción formal a uno basado en analítica de datos y gestión del riesgo. En la práctica, dice Betancourt, eso significa que los funcionarios en puertos, aeropuertos y pasos de frontera podrán concentrarse en identificar riesgos reales más que perseguir errores de formulario.Así mismo, el nuevo régimen sancionatorio se simplifica más.
Las causales de aprehensión pasan de 42 a 27 y el número de infracciones aduaneras se reduce de aproximadamente 358 a 235, según Nicole Velásquez, de EY Colombia. Asimismo, cuando las infracciones de una empresa sean graves y claramente dolosas, se procederá la cancelación de las licencias de funcionamiento de los usuarios aduaneros involucrados.“Se trata de un modelo moderno que equilibra control y facilitación del comercio, asegurando mayor seguridad jurídica, reglas más claras, simples, menos cargas administrativas, incentivos al cumplimiento voluntario y garantías procesales reforzadas.
Todo esto sin detrimento de la autoridad aduanera”, explicó el director de la DIAN a este diario.Entre el 1 de enero y el 5 de junio de 2026, las aprehensiones de la DIAN llegaron a 10.627 unidades de mercancías por un valor de COP 360.000 millones, frente a 7.000 aprehensiones por COP 169.000 millones en el mismo periodo de 2025. Una variación del 49 % en cantidad y del 111 % en valor.Lo que viene para las empresas y la inversión Entre tanto, la aprobación del nuevo régimen sancionatorio llega en un momento en que el comercio exterior colombiano está en senda positiva.
En marzo de 2026, las importaciones superaron los USD 6.100 millones CIF, un 11,1 % más que en el mismo mes de 2025. Por su parte, las exportaciones de abril alcanzaron USD 4.600 millones FOB, con un crecimiento del 11,7 % frente a abril del año anterior.Que ese flujo se mantenga, según expertos, depende, en buena medida, de que las reglas en aduanas sean predecibles. “Una empresa que está evaluando invertir en Colombia analiza estabilidad institucional, seguridad jurídica, qué tan claras son las reglas del juego.
Los inversionistas no buscan ausencia de control, buscan saber exactamente cuáles son las reglas y cuáles son las consecuencias de incumplirlas”, afirma la gerente senior de Comercio Exterior de EY Colombia.Para las empresas que ya operan en comercio exterior, consultores de KPMG recomiendan tres acciones ante este nuevo marco normativo: ejecutar auditorías preventivas de sus operaciones aduaneras recientes, ajustar la planeación logística con sus agencias de aduana y operadores de carga, y fortalecer sus sistemas internos de gestión de riesgos aduaneros. Con el nuevo régimen, indica KPMG, el peso de la prueba recaerá en los propios controles de las empresas.Los COP 7 billones que estaban en riesgoY es que, de no haberse aprobado a tiempo una ley en materia de sanciones aduaneras, la DIAN habría perdido temporalmente su potestad sancionadora. “Sin una norma válida que establezca las conductas sancionables y los procedimientos aplicables, no hay sanción que pueda ser legítimamente impuesta”, advierte Daniela Lozada, abogada senior de Aduanas y Comercio Internacional de CMS Rodríguez-Azuero.Según cifras de la DIAN consignadas en la ponencia del proyecto, más de 10.800 expedientes estaban en riesgo de archivarse: 8.250 en investigación o fiscalización por cerca de COP 3,2 billones; 148 en discusión en sede administrativa por COP 1,07 billones; y 2.453 procesos judiciales por COP 2,7 billones.
En total, cerca de COP 7 billones en disputa.El nuevo régimen sancionatorio, al que le falta la firma del presidente Gustavo Petro para convertirse en ley, es considerado por gremios y expertos como un avance estructural en las reglas del comercio exterior colombiano. No obstante, quedan asuntos por resolver: la modernización del sistema informático de la DIAN sigue siendo una deuda pendiente y con ella vendrán, seguramente, ajustes adicionales a la ley aprobada esta semana en el Congreso de la República.💰📈💱 ¿Ya se enteró de las últimas noticias económicas?
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Información de El Espectador (Colombia). Edición y redacción: Noticias Today.
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