SAN JUAN.— El caso por el crimen de Diego Andreoni volvió a quedar bajo análisis judicial este jueves, cuando desarrollaron la audiencia de impugnación contra la sentencia que condenó a Julio Castro a 12 años de prisión por el homicidio del futbolista amateur ocurrido luego de una gresca en un campeonato de fútbol en Marquesado, departamento Rivadavia. Durante la audiencia ante el tribunal de impugnación integrado por los jueces Juan Carlos Caballero Vidal, Daniel Guillén y Renato Roca, la defensora Filomena Noriega solicitó la nulidad de la condena al sostener que en el proceso no se llevó a cabo un examen mental obligatorio previsto en el artículo 130 del Código Procesal Penal de San Juan para determinados casos, entre ellos cuando la expectativa de pena supera los 10 años de prisión.

Según argumentó la letrada, la omisión de esa pericia afecta la validez de toda la sentencia, por lo que pidió que el fallo sea anulado. Asimismo, cuestionó la valoración de la prueba realizada durante el juicio y aseveró que no quedó debidamente individualizado quién fue el agresor que efectuó los disparos que terminaron con la vida de Andreoni.

Por esa razón, Noriega solicitó la absolución de Castro. De manera subsidiaria, planteó que, si el tribunal no comparte esa postura, se reencuadre el hecho como un caso de exceso de legítima defensa, al considerar que su defendido también recibió agresiones durante la pelea.

La postura de la Fiscalía El fiscal de impugnación, Fabrizio Médici, rechazó los planteos de la defensa y remarcó que la ausencia del examen mental fue producto de un error involuntario que puede ser subsanado sin necesidad de anular la sentencia. Asimismo, indicó que existen antecedentes de tribunales superiores e incluso de la Corte que no han dado lugar a planteos similares, ya que no existe una disposición expresa que establezca la nulidad automática de una condena por la falta de esa pericia.

Médici insistió en que la omisión no constituye un defecto irreparable y que corresponde resolver primero si la prueba puede incorporarse posteriormente antes de analizar cualquier planteo de nulidad. La condena por el crimen de Diego Andreoni Julio Castro fue condenado en abril de este año por unanimidad por un tribunal integrado por los jueces Mabel Moya, Javier Figuerola y Guillermo Adárvez.

Fue hallado culpable del delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego y recibió una pena de 12 años de prisión. En el mismo juicio, Franco Gómez fue absuelto del delito de encubrimiento y recuperó la libertad luego de permanecer detenido durante todo el proceso.

La Fiscalía, representada por Iván Grassi y Pablo Orellano, había solicitado una pena de 15 años de cárcel, mientras que la querella adhirió a ese pedido. Por su parte, la defensa había requerido la absolución o, en su defecto, una condena por una figura penal menos grave, como homicidio en riña o exceso de legítima defensa.

El crimen sucedió el 15 de marzo de 2025 en el complejo de canchas Coralli, en Marquesado. Diego Andreoni recibió disparos en medio de una pelea que se desató luego de un partido de fútbol amateur.

Luego de permanecer internado durante casi dos semanas y sufrir incluso la amputación de una pierna como consecuencia de las heridas, falleció el 27 de marzo de ese año. Aunque el arma utilizada nunca fue encontrada, durante el juicio varios testigos señalaron a Castro como la persona que podría haber efectuado los disparos porque lo vieron manipular un elemento.