Tres obligaciones tributarias vencen este martes 30 de junio: vea cuáles son
El cierre de junio marca una fecha clave en el calendario fiscal de miles de contribuyentes. Este martes vence el plazo para cumplir con tres obligaciones tributarias, cuyo incumplimiento puede acarrear sanciones superiores a ¢46 millones.Silvia Castro, socia de Impuestos de Despacho Carvajal, explicó que entre los deberes que vencen este 30 de junio figuran la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia (D-273), el primer pago parcial del Impuesto sobre las Utilidades y el pago del impuesto de patente comercial ante la municipalidad correspondiente.Respecto a la declaración D-273, Castro indicó que debe ser presentada por los grandes contribuyentes nacionales, las empresas acogidas al régimen de zona franca y los contribuyentes que mantengan operaciones con entidades vinculadas por un monto individual superior a 1.000 salarios base.En la actualidad, ese umbral equivale a ¢462 millones.
Se trata de una obligación de carácter informativo, por lo que no implica el pago de un tributo.Asimismo, el 30 de junio vence el plazo para realizar el primer pago parcial del Impuesto sobre la Renta (ISR) para los contribuyentes cuyo período fiscal abarca del 1.° de enero al 31 de diciembre.Este adelanto corresponde a una parte del impuesto que deberá liquidarse en marzo de 2027, por lo que permite distribuir la carga tributaria durante el período fiscal y facilita la gestión del flujo de efectivo al momento de cancelar la obligación definitiva.“El monto (del adelanto parcial) se calcula por parte de la Administración Tributaria automáticamente, y el cobro aparecerá en su cuenta tributaria en Oficina Virtual Tributaria (OVI). El cálculo se determina aplicando el 25% sobre el impuesto de renta del último período declarado o el promedio de los impuestos de los últimos tres períodos fiscales, el que sea mayor”, explicó Castro. “Si al final del período el contribuyente pagó más de lo que correspondía, ese dinero no se pierde: puede utilizarse para cancelar otros impuestos o solicitar su devolución”, agregó.Asimismo, este 30 de junio vence el plazo para el pago del impuesto de patente comercial, el cual debe cancelarse ante la municipalidad donde el contribuyente se encuentre registrado.
Esta obligación se cumple de forma trimestral.En caso de incumplimiento, la municipalidad correspondiente aplicará intereses sobre el monto adeudado, cuya tasa varía según cada gobierno local.No presentar la declaración puede costarle hasta ¢46 millonesSilvia Castro recordó que el incumplimiento en la presentación de la declaración D-273 puede acarrear una sanción equivalente al 2% de los ingresos brutos del período anterior, con un mínimo de tres salarios base (¢1.386.600) y un máximo de 100 salarios base (¢46.220.000).Por ello, Despacho Carvajal recomendó verificar con antelación las obligaciones aplicables en cada caso y evitar dejar estos trámites para el último momento.La misma sanción aplica para quienes no presentaran o incumplieran con la Declaración D-270, denominada “Informativa Resumen Mensual de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos que no estén amparados en un comprobante electrónico”.Esta obligación corresponde a la declaración anual del período 2025, cuyo plazo de presentación fue ampliado hasta el 25 de junio de este año.La declaración D-270 permite a la Administración Tributaria recopilar información sobre operaciones con clientes, proveedores y determinados gastos que no cuentan con respaldo mediante comprobantes electrónicos. Asimismo, busca facilitar el prellenado de otras declaraciones tributarias.A partir del período 2026, debido a que su presentación será mensual, Despacho Carvajal recomendó a las empresas establecer controles y procedimientos que permitan recopilar y revisar la información de forma periódica, con el fin de reducir errores y evitar sanciones elevadas.
Información de La Nación (Costa Rica). Edición y redacción: Noticias Today.
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