El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha rechazado este lunes el recurso de amparo que presentó España en contra del derecho de cobro de las reclamaciones millonarias que desde hace años hacen inversores en renovables y fondos de inversión en este país por el 'hachazo' renovable que hace décadas recortó de forma retroactiva la rentabilidad de sus proyectos y dio lugar al llamado 'impuesto al sol'. Frente al intento del Gobierno de frenar estos procedimientos, el máximo tribunal de Estados Unidos da con su decisión vía libre para que ejecuten en el país los laudos que les reconocen deudas por casi 700 millones de euros.Fuentes jurídicas de los acreedores de España en Estados Unidos han informado del fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos, la más alta instancia judicial a la que había recurrido el Gobierno -a través de la Abogacía del Estado- para intentar invalidar las sentencias de varios juzgados federales, de menor rango, que han ido dando luz verde a los inversores en renovables afectados por el 'impuesto al sol' o a fondos de inversión que posteriormente fueron adquiriendo estas deudas a cobrárselas para buscar activos españoles e intentar embargarlos.

Diversos laudos dictados por cortes de resolución de diferencias comerciales, en concreto el CIADI, del Banco Mundial, elevan a 700 millones la deuda de España por los perjuicios del cambio de la regulación que en 2013 redujo la rentabildad de los proyectos renovables, también con carácter retroactivo.Como consecuencia, estos tribunales habían dado permiso a los acreedores a intentar cobrarse estas deudas, que España se resiste a pagar, recurriendo para ello a todas las herramientas del ordenamiento jurídico de Estados Unidos, que contempla también el embargo de bienes y activos allí del Estado español.Adicionalmente a la negativa de pagar cada uno de los laudos, el Gobierno buscaba con este recurso de amparo una posición firme de Tribunal Supremo de Estados Unidos, que invalidaría los fallos de los tribunales federales. Alegaba que estas cortes carecían de jurisdicción para conocer estos asuntos y apelaba a la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras.

Pero el recurso presentado por la Abogacía del Estado no ha dado resultados. Según el fallo conocido este lunes, el Tribunal supremo confirma la vigencia de las decisiones de instancias inferiores y "permite a los acreedores continuar con los procedimientos de reconocimiento y ejecución de los laudos en territorio estadounidense", según indican fuentes jurídicas de estos fondos.Los representantes legales de las empresas y fondos que, en conjunto, reclaman a España el pago de cerca de 700 millones solo en Estados Unidos por la merma de la rentabilidad de sus proyectos renovables han celebrado la conclusión de la que era la principal vía jurídica del Gobierno para frenar el pago de los laudos en Estados Unidos.

Según han señalado es "una importante victoria" que refuerza el criterio de que "los laudos arbitrales internacionales deben ser cumplidos y pueden ejecutarse mediante los mecanismos ordinarios previstos por el ordenamiento jurídico internacional y nacional". Asimismo, consideran que el fallo a "una mayor seguridad jurídica" a los acreedores para seguir reclamando a España el pago de sus deudas, no solo en Estados Unidos, sino en otras jurisdicciones donde hay casos abiertos, como Reino Unido, Australia o Singapur y, dentro de la UE, en Bélgica y Holanda.Trump comunicó en contra de la inmunidad de EspañaLa decisión del Supremo estadounidense es la conclusión de un proceso que hace unas semanas tuvo un episodio previo contrario también a los intereses de España y que ya anticipaban cuál podía ser el fallo que se ha conocido este lunes.

El recurso de amparo alegando inmunidad soberana tiene en Estados Unidos un componente político que requirió que el Gobierno de Donald Trump informara sobre las consecuencias que no otorgársela a España tendría sobre las relaciones comerciales o económicas entre ambos países.Aunque los propios acreedores no las tenían todas consigo e insistían en separar la mala relación entre Trump y el presidente español, Pedro Sánchez, con una cuestión como la que les ocupaba, a finales de marzo se supo que la Administración estadounidense recomendó al Tribunal Supremo que rechazase la petición de inmunidad del Gobierno español.La Selección, a salvo en el MundialEn paralelo con el recurso que finalmense a ha dirimido en contra de España, el proceso para reclamar el cobro y, directamente, cobrarse las deudas por el hachazo a las renovables ha continuado en estos últimos meses con un proceso de búsqueda de activos y de "descubrimiento" de los mismos, hasta el punto de poner en el foco el paso de la Selección Española por el Mundial de Fútbol que se disputa en estos momentos en Estados Unidos y México.En este caso, fue España quien ganó el partido, porque la semana pasada el juez federal del Distrito de Columbia que meses atrás dio permiso a los acreedores a buscar bienes y activos del Estado español e iniciar procesos de embargo determinó que la Selección Española o la Federación Española de Fútbol no pueden ser considerados como parte del Estado español, de modo que los acreedores tenían que cesar en el envío de notificaciones judiciales como las que informaron a Adidas de que podrían embargar lo que va a pagar a la Selección por ser su patrocinador oficial o los pagos que percibía Hilton por alojar a La Roja.