La Corte Suprema ordenó indemnizar a las familias de las víctimas de la Masacre de Carmen de Patagones

CARMEN DE PATAGONES.— La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó que el Estado nacional y el gobierno de la provincia de Buenos Aires indemnicen a los familiares de las víctimas de la denominada Masacre de Carmen de Patagones, ocurrida el 28 de septiembre de 2004 cuando Rafael Juniors Solich, quien en ese momento tenía 15 años, vació en pocos segundos el cargador completo de la pistola nueve milímetros de su padre -suboficial de Prefectura Naval Argentina- dentro del aula y mató a tres de sus compañeros del primer año de la secundaria. Otros cinco estudiantes fueron heridos en ese ataque.Así lo informaron a LA NACION oficiales.
Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal desestimó por inadmisibles los recursos presentados por el Estado Nacional en nombre del Ministerio de Seguridad Nacional y por la Fiscalía de Estado bonaerense, en representación de la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, en la causa por daños y perjuicios que impulsó la madre de Sandra Núñez, una de las víctimas fatales.“La Corte Suprema ya se había pronunciado el año pasado de la misma manera en la demanda que impulsaron los familiares de Federico Ponce, otro de los chicos fallecidos aquel día. La familia de la tercera víctima fatal, Evangelina Miranda, también entabló una demanda contra el Estado, que recién tuvo fallo en primera instancia en octubre del 2024″, dijeron los voceros consultados.Víctima y victimario cursaban el primero B del Polimodal en la Escuela de Enseñanza Media N° 202 de Carmen de Patagones.
El 28 de septiembre de 2004, después de izar la bandera, Solich se paró frente a la clase, desenfundó un arma y empezó a disparar indiscriminadamente. “Cuando tiré, no era yo”, le contó a la jueza de menores que llevó la causa, en donde fue declarado inimputable.Los familiares de las víctimas fatales demandaron, por un lado, a la escuela y, por otro, a la Prefectura Naval: el arma utilizada en la masacre era del padre del tirador, un suboficial de esa fuerza federal de seguridad.En su momento, la Justicia Federal de Bahía Blanca, en primera y segunda instancia, se basó en el artículo 1117 del Código Civil que regía cuando se dictaron los fallo, que establecía que los propietarios de los establecimientos educativos privados o estatales eran los responsables por los daños causados o sufridos por los alumnos menores cuando se hallen bajo el control de la autoridad educativa, “salvo que probaren un caso fortuito”. Y, en ese sentido, para los jueces que intervinieron en la causa, no se había demostrado que las autoridades hubieran dado “una respuesta diligente a los problemas de conducta que mostraba Solich”. “Incluso en el sumario administrativo que se hizo sobre los docentes se demostró que diversos miembros del establecimiento habían advertido que la conducta de Juniors era alarmante y que los alumnos podían estar en peligro, pero no se tomaron medidas”, según recordaron fuentes del máximo tribunal.Sobre el arma de fuego usada por el autor de la Masacre de Patagones, se determinó que la Prefectura Naval también debería ser responsabilizada porque la fuerza federal de seguridad era dueña del arma utilizada por el tirador y su padre había incumplido con el deber de custodiar adecuadamente el arma.Tanto el Estado nacional como el provincial apelaron ante la Corte Suprema las conclusiones por considerarlas arbitrarias.
La Prefectura Naval aseveró que, bajo esa lógica, tendría que requisar diariamente el domicilio de 35.000 integrantes para verificar las condiciones en que guardan sus armas, mientras que la Fiscalía de Estado bonaerense insistió en que lo sucedido era imprevisible e inevitable. “Los ministros de la Corte Suprema rechazaron los planteos bajo el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y, así, quedó firme la decisión de indemnizar a los familiares de las víctimas fatales”, informaron los voceros consultados.Los camaristas que en marzo del año pasado resolvieron confirmar las indemnizaciones reclamadas, en ese caso, por una de las víctimas que fue baleada, pero sobrevivió a la masacre, plantearon que tanto las autoridades provinciales como la Prefectura -y en consecuencia, el Estado Nacional- tuvieron responsabilidad en la tragedia por no controlar efectivamente por un lado el resguardo del arma proporcionada al padre del tirador y, en otro orden, por no actuar ante una sucesión de alertas sobre el comportamiento del estudiante que disparó ese 28 de septiembre de 2004. Esas advertencias habían llegado incluso por un pedido del padre de Juniors, que se reunió con autoridades de la escuela para solicitar apoyo ante la conducta cotidiana de su hijo antes de la balacera.“Es correcto concluir que las amenazas acerca del suicidio, las inscripciones en los bancos y pizarrones, las amenazas a otros compañeros y la simpatía a regímenes como el nazismo, no fueron tomados por las autoridades como indicios de gravedad que tornaban previsible la producción de algún evento dañoso”, se indicó en el fallo firmado en marzo del año pasado por los camaristas Pablo Candisano Mera y Silvia Fariña, resolución que confirmó en ese momento un fallo de primera instancia sobre el reclamo de una indemnización.
Y se agregó: “En el caso quedó configurada la omisión a un mandato expreso que ponía en cabeza de la Escuela asegurar la integridad de los alumnos. No puede desconocerse que el establecimiento contaba con un Equipo de Orientación Escolar que tenía herramientas para efectuar un abordaje serio de la particular conducta de un alumno, pues no se trató de una situación aislada, sino que fue el resultado final de varias alarmas que fueron desoídas por el personal“En definitiva -se consignó en ese dictamen-, no se trata de imponer a la escuela la responsabilidad de ‘salvar las omisiones o deficiencias familiares en la formación actitudinal y conductual de los jóvenes’, sino que de ese deber de seguridad ínsito en el contrato celebrado se encuentra implícita la obligación de agotar los recursos disponibles para abordar problemáticas como las que claramente mostraba Juniors.”Entre las advertencias que, a criterio de los camaristas, fueron ignoradas figuraba, incluso, una hipótesis sobre el riesgo potencial que significaba el por entonces problemático estudiante: “Nótese asimismo que, si bien una integrante del gabinete consideró que se encontraba en juego la vida de los alumnos, no alertó adecuadamente a sus superiores y colegas docentes, ni comunicó al Servicio de Salud local a fin de elaborar una estrategia para tratar al joven”.La responsabilidad del Estado Nacional, en tanto, quedó argumentada al consignarse que la Prefectura Naval Argentina nada había hecho para garantizar el cumplimiento de los protocolos de guarda del arma asignada a un agente, pese a que en los manuales de esa fuerza federal de seguridad figuran los requisitos que deben observarse en esos casos.“El Estado Nacional-PNA orientó su defensa alrededor de sostener que, en realidad, el nexo de causalidad estaría interrumpido a su respecto por concurrir, en el caso, una actuación de un tercero por el cual no se debe responder, siendo éste el hijo de su dependiente, es decir, Juniors.
Remarcó, en otras palabras, que si bien la cosa riesgosa era de su propiedad, ésta fue utilizada para un fin que no fue el previsto, por una persona ajena a su órbita de control, ya que fue el hijo de R. S. quien perpetró el hecho dañoso y, para hacerlo, sustrajo el arma provista a su padre por la PNA en razón de su función, contra su voluntad”, se indicó en el fallo de la Cámara de Casación.“El suboficial con jerarquía de ayudante de segunda R.
S., que se desempeñaba como furriel del Museo Naval con sede en Carmen de Patagones, guardaba su arma, junto con sus cargadores, en su vivienda a dos metros de altura, en el interior del cuerpo superior del placard de su dormitorio, detrás de unos libros y debajo de una bolsa, y de allí fue de donde lo sustrajo J., su hijo, sin que este lugar cumpliera con las más elementales medidas de seguridad como podrían ser candados, cerradura o algún tipo de barrera para el acceso de personas no autorizadas”, se explicó al argumentarse el voto de los camaristas en favor del pago de indemnizaciones por parte del Gobierno Nacional y la administración bonaerense.En la causa penal, Juniors fue declarado inimputable por su edad. Estuvo detenido en la comisaría local, pasó por la Prefectura de Ingeniero White.
También, por varios institutos de menores y clínicas psiquiátricas.
Información de La Nación. Edición y redacción: Noticias Today.
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