Cuando un menor de edad comete bullying, agrede o difunde imágenes íntimas, se expone a recibir desde medidas cautelares, el traslado a otro centro educativo e incluso el internamiento en un centro de reclusión. Así lo explicó María Gabriela Alfaro Zúñiga, fiscala adjunta Penal Juvenil, en entrevista con La Nación.Alfaro aclaró que el bullying y el ciberbullying no son delitos en sí mismos según la legislación penal costarricense, sino “modalidades de violencia” que en algunos casos llegan manifestarse mediante conductas que sí pueden ser delitos, como agresiones físicas, amenazas y conductas relacionadas con imágenes o material de contenido de abuso sexual en perjuicio de personas menores de edad.Algunas de las conductas relacionadas con ese tipo de material contempladas en el Código Penal son: fabricación, producción, tenencia o difusión de material de abuso sexual infantil.Sobre este último punto, la fiscala dio a conocer que en el 2025 ingresaron 283 causas relacionadas con difusión de este tipo de material, mientras que entre el 1.° de enero y el 30 de abril de 2026 se registraron 65 causas.

Por tenencia de material de abuso infantil, 11 denuncias durante el 2025 y tres en los primer cuatrimestre de este año.Alfaro fue enfática en que reenviar una imagen íntima de un compañero o compañera es delito, aunque la persona no haya sido quien la solicitó inicialmente. “Aun cuando exista un consentimiento inicial en el envío de la imagen, existe un delito que puede aplicarse en ese contexto y más aún cuando posteriormente se comparte”, aseveró.Mensajes efímerosAplicaciones como Snapchat o WhatsApp, cuya configuración permite que sus mensajes se borren luego de ser abiertos, representan un obstáculo para las investigaciones. No obstante, Alfaro explicó que la Fiscalía cuenta con herramientas tecnológicas para sortear esa dificultad. “Aún y cuando la foto o video se haya eliminado de aplicaciones o dispositivos electrónicos, es posible lograr recuperar este tipo de imágenes”, indicó.Incluso, cuando no es posible recuperar tecnológicamente las imágenes, la prueba testimonial puede determinar la existencia de los hechos y las personas involucradas. “Logramos determinar quién difundió esa imagen a través de testigos que la observaron en el momento en que fue difundida”, explicó la experta.Cuando hay pruebas suficientes y se identifican riesgos procesales, la Fiscalía puede solicitar medidas cautelares ante los tribunales penales juveniles, que pueden ser privativas de libertad, que en el caso de los menores se conoce como detención provisional, o no privativas, por ejemplo las órdenes de orientación y supervisión.En algunos casos, y en coordinación con el Ministerio de Educación Pública (MEP), se puede ordenar que al menor investigado lo trasladen a otro centro educativo, para “que esta persona ejerza su derecho a la educación”, explicó Alfaro.La Ley de Justicia Penal Juvenil establece que, en caso de ser declarados responsables de algún delito, la pena máxima para los menores de entre 12 y 15 años es el internamiento de diez años, y para el rango de edades entre 15 y 18 años, es de 15 años de internamiento, según la gravedad del caso.Impacto en las víctimasSofía Cordero, psicóloga del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), advirtió que situaciones de bulliying y ciberbullying pueden dejar graves afectaciones en los adolescentes: baja autoestima, aislamiento, caída en el rendimiento académico, síntomas de ansiedad y depresión, e incluso ideación suicida y autolesiones. “Por eso es tan importante que se haga un abordaje preventivo”, indicó.Cordero instó a los padres a generar espacios de confianza en casa. “Necesitamos, primero, que ellos sientan la confianza de poder contarnos lo que está sucediendo”, expresó.

Y recordó que el PANI cuenta con la línea 1147 y el WhatsApp institucional 8989-1147, disponibles de lunes a viernes de 7 a. m. a 10 p. m., donde psicólogos orientan tanto a menores como a sus familias sobre cómo actuar ante estas situaciones.La Fiscalía Penal Juvenil reiteró que la información y la capacitación es básica para prevenir agresiones físicas o psicológicas en la etapa de formación en que se encuentran los jóvenes, así como de los riesgos potenciales. “Una vez que esta difusión (de imágenes) se llevó a cabo, el perjuicio para la persona víctima es innegable y es una situación que le va a afectar para toda su vida” concluyó la fiscala Alfaro.