¿Estás obligado a presentar el Reporte Local 2025? Sunat acaba de extender el plazo
En el Perú, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria es una institución fundamental debido a que se encarga de recaudar los impuestos y administrar el control aduanero, recursos que financian servicios públicos como salud, educación, seguridad e infraestructura. Entre sus otras finalidades, combate la evasión tributaria y facilita el comercio exterior, contribuyendo al desarrollo económico y al funcionamiento del Estado.
Así, en ese contexto, la Sunat estableció un nuevo plazo para presentar la Declaración Jurada Informativa Reporte Local, mediante el Formulario Virtual n.° 3560, correspondiente al ejercicio gravable 2025. De esta manera, esta medida tiene como objetivo asegurar que los contribuyentes dispongan de una herramienta actualizada y adaptada a las nuevas disposiciones normativas.
En el desarrollo de esta nota, te contamos mayores detalles al respecto.¿HASTA CUÁNDO SE PUEDE PRESENTAR EL REPORTE LOCAL 2025, SEGÚN SUNAT?A través de la la Resolución de Superintendencia n.° 113-2026/Sunat, publicada en el diario oficial El Peruano, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria anunció que la nueva fecha límite para la presentación de la declaración jurada informativa Reporte Local, Formulario Virtual n.° 3560, correspondiente al ejercicio gravable 2025, será octubre de 2026. Esta disposición busca adecuarlo a las recientes modificaciones normativas sobre precios de transferencia, introducidas en el numeral 7 del inciso e) del artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta y referidas a los métodos de valoración.Eso no es todo, indicó que se encuentra en la etapa final de implementación de mejoras al formulario, orientadas a alinearlo con la normativa actual y ampliar sus capacidades para el registro de información.
De hecho, la Ley del Impuesto a la Renta establece que los contribuyentes con ingresos mayores a 2 300 UIT deben presentar cada año el Reporte Local sobre operaciones vinculadas. Asimismo, otorga a la SUNAT la potestad de fijar los plazos y requisitos aplicables a esta obligación informativa.
Por último, la entidad calcula que alrededor de 4 000 contribuyentes comprendidos en el régimen de precios de transferencia se verán beneficiados con la ampliación del plazo, conforme comparte Perú21.¿CÓMO TRAMITAR UNA LICENCIA POR LUTO PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO?En el Perú, la licencia por fallecimiento de un familiar constituye un permiso laboral que se le otorga a los trabajadores cuando ocurre la muerte de un cónyuge, padre, madre, hijo o hermano. Este beneficio permite ausentarse de sus labores durante un período determinado para afrontar especialmente la situación y realizar los trámites correspondientes.
Así, en cuanto a la solicitud de un periodo de ausencia por el deceso de un familiar, los empleados públicos pueden acceder a cinco días de descanso o más, de acuerdo con lo establecido en los artículos 110 y 112 del Decreto Supremo n.° 005-90-PCM.Asimismo, esta medida es remunerada y se aplica exclusivamente a los trabajadores sujetos al Decreto Legislativo n.° 276 y al personal contratado bajo la modalidad CAS. En cuanto a los del sector privado, las empresas están en la obligación de otorgar las licencias por luto, basándose en su reglamento interno o en coordinación con el trabajador.
Es importante mencionar que la Ley n.° 30012 también reconoce el derecho a una licencia laboral para aquellos empleados que tengan familiares directos con una enfermedad grave o terminal, o cuya vida se encuentre en peligro como consecuencia de un accidente. Para ello, se deberá informar dentro de las 48 horas posteriores al hecho o desde que tomó conocimiento del mismo, conforme comparte RPP.
Information from El Comercio (Perú). Edited by: Noticias Today.
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