La Junta Calificadora de la Armada se negó a recomendar al capitán Julio César Sánchez Suárez para un ascenso en la institución hace más de cinco años. La única respuesta que le dieron fue que esa potestad solo la tenía el Gobierno Nacional.

Su caso atravesó todo el sistema judicial y llevó a que el alto tribunal reivindicara el mérito al interior de las filas y marcara los límites que tiene el Ejecutivo para definir esas promociones.La Corte Constitucional determinó que las Fuerzas Militares y el Gobierno tienen la obligación de reconocer y premiar el mérito de los mejores calificados.“¿Por qué si usted hace las cosas bien no puede ascender? ¿Por qué?” Esa es la pregunta que cinco años después de haberse retirado de la Armada se sigue haciendo el capitán de fragata Julio César Sánchez Suárez.

Al exuniformado buscó desde 2019 ascender al rango de capitán de navío, al cual aspiraba llegar por tener una hoja de vida sobresaliente en la institución, pero que nunca conquistó y todavía no sabe por qué. O bueno, sí: la única respuesta que le dieron en su momento fue que elegir a los oficiales que ascienden es una potestad absoluta del Gobierno Nacional.

El resto fue silencio. Ahora, retirado de la fuerza, la Corte Constitucional le tiró un salvavidas a él y a otros uniformados que no ascienden por razones diferentes a sus méritos.

El alto tribunal acaba de resolver una tutela presentada por Sánchez Suárez, el hermano del hoy ministro de Defensa, Pedro Sánchez, en la cual la justicia puso los ojos sobre la facultad casi absoluta que tiene el poder Ejecutivo para definir ascensos en las Fuerzas Militares. Asimismo, trazó los límites que debe respetar y lineamientos que debe seguir el Gobierno para determinar cuáles son los uniformados que avanzan en las carreras militares.

También respondió de fondo la duda sobre si realmente vale el mérito en las filas. El Espectador conoció el expediente resuelto por la Corte y habló con el capitán (r) Sánchez, sobre su caso y cómo con su búsqueda de respuestas terminó beneficiando a cualquier miembro de las fuerzas militares, aunque su proceso personal todavía no termina.Lea: Soldado del Ejército murió luego de recibir descarga eléctrica durante operación en MagdalenaTodo arrancó casi cinco años antes de que su hermano Pedro llegara al alto gobierno.

Para esa época, la Junta Calificadora de la Armada, que debía evaluar el desempeño, antigüedad y capacidades de Julio César Sánchez para ascender, le expresó el 27 de noviembre de 2019 que no lo recomendaría para ser capitán de navío. La única razón fue que “para ascender al grado de coronel o capitán de navío, el Gobierno escogerá libremente entre los tenientes coroneles o capitanes de fragata que hayan cumplido las condiciones generales y especiales”.

Es decir, que pese a cumplir con esas condiciones, la Armada estaba de manos atadas y el futuro del entonces uniformado quedaba en el Ejecutivo. Aunque insistió dos veces para ser tenido en cuenta, la respuesta fue la misma: “Usted no fue recomendado para ascenso”, porque “es de potestad del Gobierno Nacional, por lo que no es procedente acceder a su solicitud”, expresó la Junta.Sánchez tenía todo el mérito, pero no fue tenido en cuenta en los ascensos de diciembre de ese año ni en los de mayo de 2020.

Negarle el ascenso sin decirle el por qué influyó en su retiro de la Armada en octubre de 2020, después de 26 años de servicio ocupando diversos cargos y realizando estudios siempre con calificaciones sobresalientes. Según le expresó a este diario, “a uno le afecta mucho porque desde que se ingresa, usted canta durante cuatro años el himno al cadete naval que dice ‘almirante seré en la Armada’.

Entonces cuando uno hace todo lo que manda la Constitución y la ley y lo rechazan sin decirle nada, uno no entiende por qué no puede ir escalando”. Ya retirado, Sánchez tomó las vías legales para obtener las respuestas que su institución nunca le dio.Más noticias judiciales: Capturan a alias “Culebrero”, señalado de participar en ataque que dejó dos policías muertosEl capitán (r) pidió que se anularan los decretos con los cuales fueron aprobados los ascensos de diciembre de 2019 y de mayo de 2020.

Según le expresó a la justicia, “fueron expedidos con infracción de las normas en que debían fundarse, falsa motivación y desviación de poder”. Las dos instancias resaltaron que “el demandante mantuvo excelentes calificaciones en su desempeño, fue conceptuado favorablemente frente a su idoneidad y calidad militar, se encuentra académicamente preparado para ser merecedor de ascensos y ostenta una excelente trayectoria y hoja de vida”.

No obstante, entre septiembre de 2023 y julio de 2024 el juzgado 27 Administrativo de Bogotá y el Tribunal Superior de la misma ciudad negaron sus peticiones y dijeron que “la decisión final de ascenso resulta discrecional” del Ejecutivo.Según le expresó a este diario, su familia le expresó que considerara desistir del proceso, pues ya había salido de la fuerza, pero para él se trataba de un tema de “honor militar, personal y familiar. Decir ‘acá está ocurriendo una injusticia’”.

Ante el Consejo de Estado presentó una tutela, señalando que las decisiones de las dos instancias vulneraron sus “derechos fundamentales a la igualdad, el debido proceso y el acceso a la administración de justicia”. La Sección Segunda y la Sección Tercera del alto tribunal conocieron su caso, pero la respuesta fue que, a su parecer, lo dictado por el juzgado y el Tribunal fue ajustado a derecho.

El giro del caso estuvo en la Corte Constitucional, la cual encontró que, en palabras sencillas, la Armada se escudó en la mala interpretación de la norma para no hacer su trabajo. Le recomendamos: Procuraduría interviene en caso de presunto abuso sexual contra un menor en Usaquén (Bogotá)Con ponencia del magistrado Miguel Polo, acompañado por la magistrada Natalia Ángel y el magistrado Carlos Camargo, la Corte determinó también que las distintas instancias judiciales habían interpretado erróneamente la potestad del Gobierno en estos asuntos.

El alto tribunal indicó que la Junta Calificadora de la Armada “no podía simplemente invocar la libertad de escogencia del Gobierno, para, de entrada, no recomendar el ascenso del accionante”. Al hacerlo, lo “privó de la posibilidad de, eventualmente, contar con el concepto favorable de la Junta Asesora del Ministerio de Defensa”.

En otras palabras, aunque el Gobierno tenga la potestad de elegir libremente quién asciende, la institución tenía la obligación de suministrar información sobre la calidad y desempeño de los uniformados.La decisión resalta que la libertad de escogencia “no es ilimitada”. Se trata de “una potestad reglada” que “solo puede ser ejercida una vez la Junta Asesora del Ministerio de Defensa emite su concepto favorable con base en las listas de clasificación” que deben suministrar las juntas calificadoras.

Igualmente, que la facultad del Ejecutivo debe estar “sustentada en razones objetivas y en hechos ciertos” para evitar que se convierta en una “mera arbitrariedad”. Asimismo, que es el mérito de cada uniformado “y no la simple voluntad del Comando, la que debe condicionar la escogencia” para “que quien recibe el ascenso sea la persona más capacitada”.

Para la Corte, la institución y el Consejo de Estado, con sus respuestas, “se oponían a la facultad de selección objetiva de los candidatos”.Le puede interesar: Corte Suprema confirmó condena que ordena a Protección S.A. devolver COP 1.850 millonesEn la decisión, el alto tribunal agrega que las Fuerzas Militares y el Gobierno tienen la “obligación de reconocer y premiar el mérito de los mejores calificados”. La Corte le dio un mes al Tribunal Superior de Bogotá para tomar una nueva decisión y ver si el expediente de Sánchez debe ser reevaluado por la Junta Calificadora de la Armada y concluir si en su momento debió ascender o que, por lo menos, le expliquen por qué no fue tenido en cuenta para ser capitán de navío. “Lo que quiero es una respuesta, pero una respuesta ajustada a la ley.

Una respuesta que no sea sacada de debajo del escritorio. No es decirlo por decirlo, sino decirlo con pruebas.

Si no es así, prácticamente queda en nada lo que yo hice durante 25 años de carrera militar”, concluyó Julio César Sánchez Suárez.Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.