SANTA FE.— El nuevo Reglamento del Registro de Licitadores de Obras Públicas para la Provincia de Santa Fe fue sancionado por decreto días atrás. El texto especifica que todas las personas interesadas en ejecutar proyectos públicos deben estar debidamente inscriptas y calificadas mediante un sistema de gestión exclusivamente digital.

Se describen los requisitos legales y técnicos necesarios para determinar la capacidad de los contratistas, priorizando principios de transparencia y agilidad administrativa. Asimismo, la normativa fija un régimen sancionatorio con suspensiones de hasta cinco años para quienes incurran en faltas graves o incumplimientos contractuales.

Finalmente, se invita a municipios y comunas a adherir a este marco regulatorio para unificar los criterios de selección de proveedores en todo el territorio provincial. Requisitos Para inscribirse en el Registro de Licitadores y poder actuar como contratista de obra pública en la Provincia de Santa Fe, una empresa debe cumplir con dos niveles de requisitos: los de inscripción básica y los necesarios para la determinación de su capacidad de contratación.

Requisitos básicos de inscripción Según el Artículo 7 del reglamento, para solicitar y sostener la inscripción se debe: Contar con existencia legal y personería jurídica : Esta debe estar debidamente registrada y actualizada en el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos (RPJEC), o en una institución análoga si la empresa está radicada en otra provincia. No tener deudas alimentarias : Conforme a lo establecido por la Ley 11.945.

Esta inscripción básica no caduca, pero por sí sola no habilita para contratar. Requisitos para ser contratista (Determinación de Capacidades y Calificación) Para poder ser contratista de obra pública y ser evaluado como potencial adjudicatario, el Artículo 8 exige presentar la siguiente documentación para actualizar su capacidad disponible.

Estatuto social y cualquier modificación en la composición de la sociedad o situación legal ocurrida desde la última inscripción. Estados contables correspondientes al último ejercicio económico, debidamente certificados.

Informe de avance de obras : Un detalle actualizado de todas las obras que la empresa tenga en ejecución, tanto públicas como privadas. Documentación técnica que acredite la ejecución de obras realizadas con entes que no estén adheridos al sistema.

Acreditación de inexistencia de deudas impositivas provinciales o sanciones. Vale señalar que el Registro solo solicitará esta información si no puede obtenerla internamente a través de otro organismo provincial, respetando el principio de "Una Sola Vez".

Uniones Transitorias (UT) : Si la empresa se presenta bajo esta figura, debe acompañar el certificado de constitución de la UT (o una declaración jurada indicando el porcentaje de participación de cada integrante) y presentar la documentación completa de todos los miembros de la unión. Formato y canales de presentación: Es importante tener en cuenta que todos los trámites, gestiones y presentaciones de documentación deben realizarse exclusivamente a través de la plataforma digital oficial utilizando la Identidad Ciudadana (Nivel 3).

Asimismo, la empresa está obligada a: Constituir un Domicilio Digital, que será el medio vinculante y legal para todas las notificaciones Presentar toda la documentación con Firma Digital o Firma Electrónica Asumir que toda la información ingresada tiene carácter de Declaración Jurada Capacidad de contratación El reglamento no detalla una fórmula matemática exacta en su texto, sino que establece que el Registro de Licitadores es el órgano competente para calcular e informar estas capacidades conforme a las fórmulas que se establezcan a tal efecto Para llevar a cabo este cálculo, el Registro se basa principalmente en la documentación técnica y económico-financiera que las empresas deben mantener actualizada: Capacidad general : Se utilizan los estados contables correspondientes al último ejercicio económico, debidamente certificados, para realizar la actualización de las capacidades de la empresa Capacidad disponible : Se utiliza el informe detallado y actualizado del estado de avance de todas las obras en ejecución (tanto públicas como privadas) que tenga la empresa en ese momento En cuanto al procedimiento para solicitar y obtener este cálculo, el reglamento estipula lo siguiente: Momento del cálculo : El informe de capacidades no se emite de forma genérica, sino que se realiza a pedido de las reparticiones contratantes exclusivamente cuando la firma resulta potencial adjudicataria de una obra específica Plazos : Una vez que la empresa presenta la documentación completa exigida, el Registro tiene un plazo de hasta quince (15) días hábiles para expedirse sobre el cálculo de las capacidades y la calificación Responsabilidad de la empresa : Es responsabilidad exclusiva de los contratistas mantener sus datos actualizados. Si la omisión o demora en la actualización impide emitir el informe de capacid