La discusión sobre el nombramiento pendiente de magistraturas suplentes de la Sala Constitucional no debería reducirse a una disputa política o procedimental dentro de la Asamblea Legislativa. Detrás, hay una realidad más concreta: personas esperando una cirugía, un medicamento, una cita médica o la protección urgente de un derecho fundamental.Por eso, el verdadero costo de no elegir no se mide en tensiones institucionales.

Se mide en derechos postergados, incertidumbre y, en muchos casos, en la vida cotidiana de personas que ya agotaron otras vías para recibir una respuesta del Estado.Las recientes advertencias del presidente de la Sala Constitucional, Fernando Castillo, han vuelto a poner el tema sobre la mesa. Aunque la Sala continúa funcionando, una integración incompleta reduce su capacidad de respuesta ante inhibiciones, incapacidades, vacaciones u otras circunstancias que impidan la participación de magistrados propietarios.La Sala Constitucional no resuelve asuntos abstractos.

Resuelve problemas concretos de personas concretas.Solo en 2025 tramitó 15.971 casos relacionados con salud. De ellos, 11.437 fueron declarados con lugar.

Es decir, en siete de cada diez casos determinó que las personas tenían razón y ordenó una respuesta. De esos, 5.951 correspondieron a cirugías; 4.282, a citas médicas; 2.374, a atención médica; 1.199, a medicamentos, y 1.098, a listas de espera.La tendencia se mantiene en 2026.

De los 6.958 asuntos de salud conocidos, 4.912 fueron declarados con lugar. Los principales reclamos siguen siendo cirugías (2.752), citas médicas (1.771), atención médica (1.425), medicamentos (400) y listas de espera (272).Para muchos costarricenses, un recurso de amparo no es un expediente más; es el último recurso cuando todas las demás puertas se han cerrado.Es la persona adulta mayor que espera una cirugía de cadera para volver a caminar sin dolor; el paciente oncológico que no puede esperar meses por un medicamento; la madre que lleva años intentando obtener una cita especializada para su hijo, o la familia que enfrenta la angustia de una lista de espera que no avanza.Por eso, resulta preocupante que, pese a existir una nómina remitida por la Corte Suprema de Justicia desde diciembre, la Asamblea Legislativa continúe sin realizar los nombramientos.La Corte ya hizo lo que le corresponde: abrió el concurso, evaluó a las personas aspirantes y remitió las nóminas para que el Congreso ejerciera su competencia.

No obstante, un grupo de diputaciones ha optado por votar en blanco y promover la solicitud de una nueva nómina.Más allá de las razones que cada legislador pueda alegar, esa posición plantea un problema institucional de fondo. La Constitución Política no contempla que la Asamblea Legislativa rechace una nómina y exija a la Corte Suprema de Justicia elaborar otra.

El diseño constitucional es claro: la Corte propone y la Asamblea elige.La responsabilidad de las diputaciones no consiste en reiniciar el proceso hasta obtener una lista más acorde con sus preferencias. Consiste en ejercer la potestad de elección a partir de las candidaturas formalmente remitidas.Aceptar la tesis de una nueva nómina abriría la puerta a que cualquier mayoría legislativa pueda bloquear los nombramientos hasta que aparezcan nombres políticamente más cómodos.

Asimismo, esa ruta no resolvería el problema; lo agravaría. Un nuevo concurso implicaría reabrir procedimientos, recibir postulaciones, efectuar evaluaciones, entrevistas y nuevos acuerdos.

Según ha indicado la Corte, ese proceso podría extenderse por nueve meses o más.La consecuencia sería prolongar una situación que ya afecta el funcionamiento de una institución esencial para la protección de los derechos fundamentales. Ya existen 86 causas que no pueden ser conocidas por falta de magistraturas suplentes.Aquí surge una pregunta inevitable: si las candidaturas ya fueron sometidas a un proceso formal de selección y no se han señalado objeciones objetivas, concretas y demostradas sobre su idoneidad profesional o ética, ¿qué se busca realmente?La percepción que empieza a instalarse es preocupante: el objetivo no es nombrar suplentes, sino nombrar a determinados suplentes.

No para fortalecer la Sala Constitucional, sino para encontrar nombres políticamente más convenientes.Las magistraturas suplentes no están llamadas a representar intereses partidarios, ideológicos o gubernamentales. Su función es garantizar la continuidad de la justicia constitucional y la protección efectiva de los derechos fundamentales.La Constitución diseñó un sistema de pesos y contrapesos para evitar que un solo poder controle todo el proceso.

La Corte selecciona; la Asamblea elige.La democracia exige deliberación y control, pero también responsabilidad. Cuando la Constitución asigna una tarea concreta a la Asamblea Legislativa, postergarla no es prudencia política; es una renuncia al deber de decidir.Porque en democracia, no decidir también es una decisión.

Y cuando esa decisión prolonga la incertidumbre institucional, quienes terminan pagando el precio son las personas que más necesitan que las instituciones funcionen.Ese es, precisamente, el costo de no elegir.----Claudia Dobles es diputada de la República y excandidata presidencial.