Ministro propone dejar firme inhabilitación contra Raymundo Collins

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propondrá dejar firme la sentencia que inhabilitó por 10 años para ejercer cargos públicos al exdirector del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México (INVI), Raymundo Collins Flores, y quien fue multado con 42 millones de pesos, por concepto de reparación del daño causado a la hacienda pública de la capital.Hugo Aguilar Ortiz, ministro presidente, presentará al Pleno un proyecto en el que plantea negar el amparo al exfuncionario. El asunto fue listado para su discusión el miércoles 8 de julio.
¿Por qué se le impusieron sanciones a Collins?El caso tiene su origen en el procedimiento administrativo sancionador que se le siguió al exservidor público, porque presumiblemente incurrió en la responsabilidad administrativa de abuso de funciones mientras estuvo al frente del INVI.Lo anterior, por otorgar supuestos beneficios fiscales injustificados mediante una constancia de condominio popular.La Primera Sala Ordinaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Derecho a la Buena Administración del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México determinó que Raymundo Collins era administrativamente responsable por la conducta reprochada, por lo que se le impusieron como sanciones la inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público por un periodo de 10 años, así como la reparación del daño causado a la hacienda pública.Ante esta situación, el exfuncionario interpuso un recurso de apelación, el cual fue resuelto por la Sección Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Derecho a la Buena Administración de la Sala Superior del citado tribunal, la cual confirmó la sentencia el 30 de junio de 2023.Después, Collins Flores promovió un amparo directo, pero el Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en el Primer Circuito le negó la protección de la justicia.Como último recurso legal, el exdirector presentó ante la Corte un amparo directo en revisión.Argumentos del ministroHugo Aguilar menciona que no existen temas constitucionales que abordar, sino que el quejoso únicamente reclama cuestiones de legalidad, mismas que ya resolvió el Tribunal Colegiado.En su impugnación, Raymundo Collins argumenta que el término “perjuicio al servicio público” que establece la ley y del que se le acusa es ambiguo.“Como se observa, dichos planteamientos desbordan las cuestiones propiamente constitucionales a las que se contrae la revisión en amparo directo, en tanto pretenden que el Pleno de este Alto Tribunal se pronuncie en relación con las violaciones procesales que, a juicio del inconforme, se cometieron durante el procedimiento administrativo sancionador, así como en torno al análisis efectuado por el órgano colegiado respecto de los elementos del tipo administrativo de abuso de funciones a la luz de la teoría del delito.“Lo antes expuesto pone de relieve que lo que persigue el quejoso recurrente únicamente se ciñe a un análisis de mera legalidad, lo que no podría ser materia del recurso de revisión dado que en los temas de esta naturaleza el Tribunal Colegiado de Circuito es órgano terminal”, detalla la propuesta.Es de mencionar que, desde hace años, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México ha intentado aprehender al exfuncionario del gobierno de Miguel Ángel Mancera por distintos presuntos delitos.A finales de 2024, un Tribunal Federal amparó a Raymundo Collins, sentencia que ordenó a un juez del fuero común sobreseer una causa penal, ya que uno de los delitos que se le imputó prescribió.Por unanimidad, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México revocó la sentencia de Sandra Leticia Robledo Magaña, jueza Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal, quien rechazó ampararlo.Raymundo Collins argumentó que un juez de control no acató en todos sus términos el amparo que ordenó declarar prescrito el delito de uso ilegal de atribuciones cometido por servidor público.La sentencia del Tribunal ordenó al juez de control del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Ciudad de México, adscrito a la Unidad de Gestión Judicial 12, Héctor Fernando Rojas Pacheco, que, en continuación de la audiencia celebrada el 21 de agosto de 2023, en la carpeta judicial, se pronunciara en lo concerniente al sobreseimiento de conformidad con lo previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales, de forma congruente con la resolución de dejar sin efecto la orden de aprehensión librada el 12 de noviembre de 2021.Lo anterior, “al haberse determinado que, en cuanto a los hechos ahí investigados —sucedidos el 8 de noviembre de 2018—, se actualiza la prescripción como causa de extinción de la acción penal, que dio como consecuencia negar la orden de aprehensión solicitada por la representación social respecto del hecho que la ley señala como el delito de uso ilegal de atribuciones cometido por servidor público”.Pese al fallo favorable, el también exsecretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México enfrenta otros procesos que están en curso y en la actualidad permanece en Estados Unidos. ksh
Información de Milenio (México). Edición y redacción: Noticias Today.
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