¿Sacaron un celular a su nombre? Hay cambios en la Ley en Colombia que lo protegen por suplantación de identidad

El fraude por robo de identidad y falsificación de documentos en el país cuenta con una herramienta legal definitiva para salvaguardar las finanzas de las personas. La entrada en vigencia de una norma de amplio alcance transforma las reglas de juego para las entidades financieras y comerciales frente a los reportes negativos que afectan el historial crediticio de miles de colombianos debido a actuaciones delictivas de terceros.
Hasta hace poco, cuando un ciudadano descubría que un tercero había adquirido obligaciones financieras o comerciales usando sus datos personales de forma ilícita, la carga de la prueba recaía por completo sobre el afectado. Los usuarios debían iniciar largos trámites administrativos que podían extenderse por varios meses para certificar que no habían realizado las transacciones, tiempo durante el cual permanecían con calificaciones negativas en las centrales de riesgo y bloqueos para acceder a nuevos créditos.
Esta dinámica operativa fue modificada luego de la expedición de la Ley 2573 de 2026. La nueva normatividad impone directrices claras a las organizaciones frente a las alertas por posibles actividades fraudulentas cometidas bajo la modalidad de suplantación, redefiniendo las responsabilidades en el proceso de verificación.
Las empresas de telecomunicaciones y los establecimientos de crédito deberán adoptar protocolos de acción inmediata en cuanto se formalice una reclamación de este tipo por parte de un usuario: • Limpiar el historial crediticio del afectado mientras se adelanta la investigación correspondiente. • Congelar de forma inmediata la cuenta objeto de la reclamación y detener los procesos de cobro. El nuevo marco legal establece que la protección al usuario debe activarse de manera preventiva frente a diversos escenarios de fraude documental frecuentes en el mercado nacional.
La legislación cobija especialmente a las víctimas cuando se presenten situaciones críticas como las siguientes: • Apertura de créditos bancarios o comerciales a nombre de la víctima. • Clonación de la cédula de ciudadanía. • Activación de líneas de telefonía móvil sin autorización. El impacto económico de estas medidas busca mitigar el daño patrimonial y reputacional de los ciudadanos afectados por redes criminales.
Las dificultades a las que se enfrentaban los usuarios bajo el esquema anterior se corrigen con la nueva ley, la cual obliga a las entidades a asumir un rol activo de protección en lugar de trasladar el perjuicio al ciudadano. Con estas directrices, la Ley 2573 de 2026 introduce un mecanismo de defensa oportuno para los consumidores frente a los vacíos de control en la asignación de productos financieros y de comunicaciones en Colombia. *Artículo desarrollado con apoyo de IA y revisado por un periodista.
KATHERINE BRAVO HERNÁNDEZ REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL EL TIEMPO
Información de El Tiempo (Colombia). Edición y redacción: Noticias Today.
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