Cambio en el impuesto ICAC en Bogotá: ¿Por qué algunos comerciantes pagarán más este año?

El cambio que hizo el Distrito al impuesto ICAC técnicamente no sube el porcentaje del impuesto, pero limita los beneficios tributarios por generar empleo y recibir pagos electrónicos. Esto elimina el atractivo del régimen simple.Aunque el Distrito sostiene que la tarifa del Régimen Simple no aumentó, empresarios y especialistas cuestionan el impacto de la redistribución del ICAC sobre la planeación tributaria de algunos negocios.José Vargas Imagine que va al restaurante donde por $20.000 siempre le dieron sopa, seco, postre y bebida, pero un día le dicen que esa tarifa ahora solo cubre el plato fuerte.
Aunque el precio técnicamente no aumentó, tendrá que sacar dinero de otro lado si quiere seguir almorzando igual. Esta analogía permite explicar cómo la modificación que hizo la Alcaldía al Impuesto de Industria y Comercio Consolidado (ICAC) en Bogotá impactará particularmente a los negocios dedicados al transporte, al expendio de comida o de bebidas.
Aunque la tarifa no aumentó, el ajuste sí tocará sus bolsillos.Para entenderlo, debe saber que el comercio formal paga impuestos bajo alguna de estas dos modalidades: el Régimen Común, donde se deben calcular y pagar por separado varios tributos, o el Régimen Simple de Tributación (RST), que fue sobre el que el Distrito hizo la modificación. En este, se agrupan los impuestos en un pago bimestral y se cobra un porcentaje sobre los ingresos.
Por ley, este porcentaje oscila entre 3,1% y 4,5%, que luego se reparte entre Bogotá y la Nación. Lo atractivo del RST es que del monto que va para las arcas nacionales, los empresarios pueden descontar el 100% de los pagos que hacen por pensiones de empleados y el 0,5% de las ventas con medios electrónicos.
Y acá es donde se aprecia el impacto: hasta diciembre, en el caso de los negocios que debían tributar el 4%, la distribución era 1% para Bogotá y 3% para el país. A modo de ejemplo, si un comerciante debía pagar COP 4 millones, podía cruzar hasta COP 3 millones con el pago de seguridad social.
Al final, cancelaba COP 1 millón, que iba para las arcas de la ciudad.No obstante, todo cambió este año: Bogotá, a través del Acuerdo 1019 de diciembre de 2025, aumentó su porción del impuesto al 3%, lo que, automáticamente, va para la DIAN disminuyó a 1%. Por lo tanto, ahora, el comerciante solo podrá hacer deducciones hasta COP 1 millón, teniendo que sacar recursos extra para cubrir la obligación con el Distrito.
Esto le sucedió al comerciante Carlos Andrés Páez, con negocios en el sector de las comidas, las bebidas, las consultorías. Él genera 15 empleos directos y pasó este año de pagar en el primer bimestre COP 14 millones a COP 25 millones en el segundo.
Hoy analiza eliminar plazas de trabajo, aplazar inversiones e, incluso, revisar la continuidad de algunas de sus empresas. Todo, por el impacto de la modificación del Distrito.Lea más: Las vías de Bogotá mejoran, pero la recuperación no llega igual a todas las localidadesInadvertidaA la fecha, muchos parecen no haber advertido el impacto (incluso Fenalco y Asobares que dicen estar analizando el caso).
Y existe una razón: esto, como dicen desde el Concejo, se aprobó sin mayor debate, al incluirlo como un artículo más dentro del presupuesto distrital 2026. No obstante, en mayo, con la facturación del segundo bimestre, empezó la inquietud, cuando la DIAN recibió varias quejas por cobros excesivos, lo que llevó a la entidad a emitir el 19 de mayo un comunicado en el que explicó que “las tarifas no las incrementó el Gobierno, sino Bogotá”.Ante la situación, Andrés Felipe Uribe, secretario de Hacienda (e), y Pablo Verástegui, director de Impuestos del Distrito, no solo reiteran que el porcentaje que deben pagar los comerciantes no varía, sino que justifican la medida como un ejercicio de autonomía fiscal. “Si un contribuyente paga una tarifa de 3,1 %, ese porcentaje no cambia.
Solo la proporción que recibe Bogotá y la Nación”, dice Verástegui, quien sostiene que esto no debería alterar la obligación tributaria. No obstante, las matemáticas dicen otra cosa.
El Distrito, al absorber una mayor porción de la base del impuesto (con lo que espera recaudar COP 60.000 millones), disminuye la posibilidad de los comerciantes de aprovechar los beneficios por formalidad laboral. Por eso, el monto que ya no puede aplicar como deducción, lo deben asumir en efectivo, por lo que el dinero real transferido al Distrito es mucho mayor.Pero ¿Si la medida se aprobó en diciembre, por qué apenas se va a sentir su impacto?
La DIAN aclaró que hubo fallas en la implementación, porque el Distrito no reportó de manera oportuna el Acuerdo 1019 para incorporarlo a los sistemas nacionales y solo lo hizo a finales de marzo. Esto llevó a ser reajustes en la plataforma Muisca, que empezaron a aplicar desde mayo.Lea más:‘Corazón amazónico’: la historia de un trasplante inédito en ColombiaRégimen Común o simpleHoy la pregunta es si vale la pena seguir en el Régimen Simple luego de la pérdida de estos beneficios o volver al Régimen Común.
El Simple solía ser la mejor opción para negocios con alta rentabilidad y mucha nómina formal, gracias a los descuentos en pensiones. No obstante, con el cambio en Bogotá, el beneficio prácticamente desaparece para los rangos de ingresos más altos, haciendo que el RST sea hoy mucho más costoso que en 2025.El especialista tributario Miguel Grattz señala que el punto más delicado es la falta de socialización.
El Régimen Simple es opcional y los contribuyentes tenían hasta finales de enero de 2026 para retirarse si consideraban que las nuevas reglas no les favorecían. No obstante, como el cambio solo se reflejó en el formulario de la DIAN en mayo, miles de comerciantes se enteraron cuando nada podían hacer. “¿Qué ciudadano común revisa todos los días los acuerdos distritales para saber si le cambiaron las reglas?”, cuestiona Grattz, señalando que la falta de difusión impidió una planeación tributaria informada.Por su parte, el concejal Jairo Avellaneda califica la medida como una “reforma tributaria escondida” que debió debatirse con los gremios y no camuflarse en el presupuesto general.
Según las actas, el artículo 44 (que contenía este cambio) se aprobó en diciembre de 2025 concentrándose en el recaudo, pero sin una discusión sobre el impacto en los pequeños empresarios.La medida, aunque legal bajo el principio de autonomía territorial, podría generar un desincentivo a la formalización laboral. Como explica Grattz, si un empresario ya no puede descontar lo que paga en pensiones, su reacción inmediata podría ser precarizar el empleo: “Si antes tenía un beneficio tributario y ahora una carga de nómina... seguramente muchos volverán al contrato de prestación de servicios, generando precarización laboral”.Para el comerciante, la lección es amarga: en economía, que una tarifa “no suba” no significa que no termine pagando más.
La movida del Distrito, sin duda, se empezará a sentir en el flujo de caja de quienes intentan hacer empresa en la capital.Lea más: Donde la memoria salió del clóset: el museo que preserva las luchas de la diversidadPara conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.
Información de El Espectador (Colombia). Edición y redacción: Noticias Today.
Ver publicación original ↗
💬 Comentarios (0)
Iniciá sesión o creá tu cuenta para comentar.