Pullaro delegó en Olivares la gestión de adelantos financieros de Santa Fe ante Nación

CONSTITUCIÓN.— El gobernador de Santa Fe, Maximiliano Pullaro , delegó en el ministro de Economía, Pablo Olivares , todas las gestiones ante el gobierno nacional para obtener los anticipos financieros por hasta $400.000.000.000 ya autorizados por la administración nacional. El decreto N° 1284, firmado este lunes, habilita al titular de Economía "a realizar todas las acciones y/o a dictar todos los actos que aprueben las medidas que resulten necesarias y pertinentes para garantizar la ejecución, cumplimiento y seguimiento de los convenios celebrados por el Poder Ejecutivo en el marco del Artículo 124 de la Ley Nacional N° 11672 o de la normativa que en el futuro la reemplace".
La norma nacional invocada es la conocida como Ley Complementaria Permanente del Presupuesto y el artículo 124 dispone que "con el objeto de subsanar deficiencias transitorias de caja o cuando razones de urgencia así lo aconsejen, autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a acordar a las provincias y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires , anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en el producido de los impuestos nacionales sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal, que deberán ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, mediante retenciones sobre el producido de los mismos impuestos coparticipados". Más adelante dispone que "cuando razones fundadas aconsejen extender dicho plazo, el Poder Ejecutivo Nacional , con opinión favorable del Ministerio de Economía, podrá ampliarlo sin exceder el ejercicio fiscal en que se otorgue, los que devengarán intereses sobre saldos, desde la fecha de su desembolso hasta la de su efectiva devolución, de acuerdo con la tasa que fije el Ministerio en cada oportunidad".
Aclara que esa tasa de interés no podrá exceder la que abone el Tesoro Nacional por el acceso a los mercados de crédito. El decreto firmado por Pullaro es refrendado asimismo por Olivares y por el ministro de Gobierno e Innovación Pública, Fabián Bastia.
El instrumento fue rubricado a las pocas horas de conocerse la decisión de Santa Fe de sumarse al Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas (REOR) prácticamente al vencimiento del plazo otorgado por Nación. El decreto provincial encomienda y delega en el Ministro de Economía la facultad de realizar las gestiones, dictar los actos administrativos y hacer las modificaciones presupuestarias necesarias para ejecutar y dar seguimiento a los convenios de anticipos financieros.
Dispone que cualquier acto o resolución que dicte el Ministerio de Economía usando esta facultad delegada debe ser comunicado formalmente al Poder Ejecutivo dentro de los 10 días hábiles de su emisión. En los considerandos, el decreto provincial parte de los alcances de Ley Complementaria del Presupuesto que disponen que anticipos se reintegran mediante la retención del producido de los impuestos coparticipados provenientes del Régimen de Coparticipación Federal; que un convenio entre las partes se establecen las condiciones financieras de tales anticipos y se estipula la registración y el envío al Ministerio de Economía de la Nación de información fehaciente, suficiente y oportuna que permita el seguimiento de la evolución de las finanzas públicas.
También se destaca que en la Ley provincial de Ministerios corresponde a Economía "atender las relaciones con los Ministerios o Secretaría de la Nación, correspondiéndole en particular al Ministerio de Economía asistir al Poder Ejecutivo de la Provincia en las políticas referidas a la percepción, administración, inversión y fiscalización de los medios económicos y financieros de la Administración Provincial". Al ministro de Economía -dice la ley- le corresponde entender en la coordinación de las acciones económico-financieras con la Nación y en lo atinente al Régimen de Coparticipación.
El 17 de junio de este año, mediante el decreto N° 474, el Ministerio de Economía de la Nación dispuso otorgar, en el ejercicio fiscal 2026 y a través de la Secretaría de Hacienda, un anticipo financiero a las provincias de Jujuy y Santa Fe por hasta la suma máxima de $400.000.000.000 para cada una de ellas, a ser reintegrado dentro del ejercicio fiscal en curso. En el decreto se determina el anticipo con una Tasa Fija Nominal Anual del 15 %, mediante la afectación de la respectiva participación en el régimen de la Ley N° 23.548.
También faculta a la Secretaría de Hacienda "a disponer las condiciones de desembolso a las provincias, formas de cancelación y demás condiciones aplicables, pudiendo suscribir acuerdos con cada una de las jurisdicciones alcanzadas por este decreto para determinarlos". En los considerandos del decreto se señala que "los gobiernos de las provincias de Jujuy y Santa Fe se ven impedidos, en forma transitoria, de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de sus respectivos presupuestos de gastos y amortización de deudas.
Que, en función de ello, resulta necesario procura
Información de El Litoral (Santa Fe). Edición y redacción: Noticias Today.
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