Comex revoca régimen especial a empresa de alimentos; esto dice su representante legal

El Ministerio de Comercio Exterior (Comex) revocó los beneficios del Régimen de Perfeccionamiento Activo a una empresa dedicada a la fabricación de productos alimenticios.Se trata de la compañía Productos Negrini S. A., la cual había ingresado al sistema especial bajo la modalidad de reexportación directa o indirecta y venta local en el año 2006, en el módulo de salsas condimentadoras.
Según información de la Promotora de Comercio Exterior (Procomer), el estatus de perfeccionamiento activo es un régimen aduanero especial que permite ingresar materias primas, insumos y maquinaria al territorio nacional con suspensión total de impuestos y aranceles. Estos materiales deben ser procesados, ensamblados, reparados o transformados para luego ser reexportados en un plazo establecido.El exministro de Comercio Exterior y actual canciller, Manuel Tovar Rivera, dictó la revocatoria de Productos Negrini el 20 de abril al concluir que acumuló faltas reglamentarias.
Contra la decisión, todavía puede interponerse un recurso de reconsideración o reposición.‘Nos quitamos esa cuestión de encima’No obstante, el representante legal de la empresa, Domingo Argentini Alfayate, explicó a La Nación que la revocatoria del régimen de perfeccionamiento activo no tendrá impacto en la operación diaria de la compañía, ya que la firma había desistido de utilizar ese beneficio desde hace varios años. Según explicó, el régimen resultó complejo y costoso para su empresa, por lo que dejaron de emplearlo al no encontrar una compensación real.“No nos convenía.
Por un lado, nos dejaban impuestos y por el otro teníamos que pagar más IVA. Asimismo, el régimen exige llevar doble inventario y casi una contabilidad paralela.
Era un costo administrativo enorme”, indicó Domingo Argentini.El representante añadió que el régimen puede funcionar para empresas que exportan la totalidad de su producción, pero no para compañías como la suya. “Para nosotros era muy complejo y costoso. Al final dijimos: esto no es para nosotros, y dejamos de usarlo.
Más bien nos quitamos esa cuestión de encima”, concluyó.ProcesoLa Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica notificó a Comex, mediante un informe del 12 de junio del 2025, que la empresa no presentó el informe anual de operaciones del 2024.Por ese informe faltante, Procomer llevó a cabo dos prevenciones escritas con plazos de 15 y 10 días hábiles, pero no obtuvo ninguna respuesta de la firma.El 24 de julio del 2025, el coordinador de supervisión de la Dirección de Regímenes Especiales de Procomer, Allan Arce Soto, comunicó que la empresa no entregó los reportes anuales obligatorios desde el año 2013, siendo el cierre fiscal de 2012 el último registro aprobado.Entonces, el Ministerio de Comercio Exterior inició el procedimiento administrativo. Comex aplicó el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública ante la imposibilidad de realizar una notificación personal en el domicilio de la sociedad.
Según Comex, el Estado publicó las advertencias legales en el diario oficial La Gaceta en las ediciones 221, 222 y 223 los días 24, 25 y 26 de noviembre de 2025.El órgano director convocó a una comparecencia oral y privada el día 26 de enero de 2026. No obstante, ningún representante acudió a la reunión ni envió pruebas en el plazo otorgado por las autoridades.Luego de el procedimiento, Tovar acogió la recomendación del órgano que investigó el caso y sancionó con la pena más severa debido a la reincidencia de la firma desde hace más de una década.
El exministro decidió revocar el régimen otorgado a la empresa, sin responsabilidad para el Estado, “por el incumplimiento que les fue imputado y acreditado”. La resolución ministerial de cierre otorgó un plazo estricto de 15 días hábiles a Productos Negrini S.A. para liquidar sus operaciones comerciales dentro del régimen.
Las autoridades notificaron la orden a Procomer y al Ministerio de Hacienda para su respectiva aplicación.
Información de La Nación (Costa Rica). Edición y redacción: Noticias Today.
Ver publicación original ↗
💬 Comentarios (0)
Iniciá sesión o creá tu cuenta para comentar.