técnico venezolano solo duró un mes en Saprissa y FIFA condena al club a millonario pago
Aunque usted no lo crea, Saprissa contrató a un técnico venezolano con un salario de ₡1.000.000 mensual; lo firmó por seis meses, solo estuvo un mes en el club y terminó pagándole poco más de ₡5.000.000.Jack Grollier Galindo se unió al cuadro morado el 21 de julio de 2025; firmó con la institución un documento denominado Contrato de Servicios Profesionales, válido del 21 de julio al 31 de diciembre de 2025.La cláusula primera del contrato establecía: “El objeto del presente contrato es la prestación de los servicios profesionales por parte del señor JACK GROLLIER GALINDO HIDALGO para que preste sus servicios como ASISTENTE TÉCNICO DEL EQUIPO DE PRIMERA DIVISIÓN MASCULINO DE SAPRISSA, cuya función principal es la asistencia en la dirección de los entrenamientos del equipo de primera división masculino. Asistir, establecer al cuerpo técnico en la estructura de los entrenamientos y en la evaluación de los jugadores en los entrenamientos y partidos”, se lee en el documento, que consta en el expediente de FIFA.El venezolano Galindo llegó a laborar en el cuerpo técnico de Paulo César Wanchope, quien en ese momento era el entrenador del plantel, pero todo el cuerpo técnico fue cesado de sus funciones el 22 de agosto de 2025.Ese mismo día, Saprissa le comunicó a Galindo que no contaban con él.La cláusula cuarta del contrato con Galindo estipulaba que cualquiera de las partes podía dar por terminado el contrato en cualquier momento, sin ningún tipo de responsabilidad, únicamente notificando a la otra parte con una semana de anticipación.Luego de el despido, empezó el dolor de cabeza para Saprissa, porque el 21 de setiembre de 2025 el venezolano demandó al club ante FIFA, pidiendo un pago de ₡4.266.666.Antes, según se registra en la demanda que se planteó en FIFA, Jack Grollier Galindo le notificó al club la existencia de una deuda equivalente a siete días de salario, por ₡233.333,33, correspondientes al período del 15 al 22 de agosto de 2025.
Adicionalmente, el entrenador le notificó al club que, en virtud de la terminación unilateral sin justa causa, tenía derecho al valor residual del contrato, equivalente a ₡4.266.666, y le proporcionó 10 días para que procediera a efectuar el pago.El 8 de setiembre de 2025, el entrenador emitió al club una factura por un monto de ₡565.000, correspondiente a las semanas comprendidas entre el 15 y el 29 de agosto de 2025. El 12 de setiembre de 2025, el técnico recibió un pago de ₡565.000 por parte de Saprissa.Galindo remarcó que dicha terminación del contrato fue de carácter unilateral y sin justa causa.
Adicionalmente, estableció que el club no respetó el plazo de notificación de siete días y que, por eso, le correspondía, conforme al artículo 6, párrafo 2, del Anexo 2 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, el valor residual del contrato, equivalente a ₡4.000.000 por el período de setiembre a diciembre de 2025 (es decir, ₡1.000.000 por cada uno de los cuatro meses).El timonel indicó que, si bien el contrato establecía la posibilidad de que cualquiera de las partes pudiera darlo por terminado mediante una simple notificación con una semana de anticipación y sin asumir responsabilidad alguna, dicha cláusula no era equilibrada y generaba inseguridad jurídica para él.El abogado argentino Marcelo Bee Sellares, especialista en derecho deportivo, hizo la siguiente publicación sobre el caso.FIFA ratifica que un asistente técnico es “entrenador” y condena a Saprissa por despido sin justa causaFIFA condenó a Deportivo Saprissa 🇨🇷 por rescindir sin justa causa el contrato de su asistente técnico 🇻🇪 Jack Grollier Galindo. La Cámara del Estatuto del Jugador consideró… pic.twitter.com/tBEkSfdZfM— Marcelo Bee Sellares (@mbeesellares) June 6, 2026El entrenador agregó que, conforme a la normativa de Costa Rica, la cláusula resultaba incompatible con el ordenamiento jurídico porque le otorga al contratante una posición dominante, vulnerando la seguridad jurídica del empleado.El 16 de octubre de 2025, Saprissa contestó ante FIFA la demanda del venezolano.
Los morados negaron los hechos y las pretensiones formuladas en su contra y solicitaron el rechazo integral de la demanda. Para los tibaseños, el suramericano no cumplía con los criterios para ser reconocido como entrenador (fue contratado como asistente).De manera subsidiaria, el club alegó la improcedencia material de la acción, por considerar que no existió vínculo laboral alguno y porque, a su juicio, no resulta aplicable la normativa FIFA relativa a entrenadores, dado que el demandante no ostentaba dicha condición.
FIFA ratificó que un asistente técnico es “entrenador” y condenó a Saprissa por despido sin justa causa.La Cámara del Estatuto del Jugador consideró que un asistente técnico califica como “entrenador” y ordenó el pago de ₡3.966.666 más 5% de interés. En caso de incumplimiento, el club se expone a una prohibición de registrar jugadores por hasta tres mercados.
La decisión final de FIFA se presentó en marzo de este año.La Nación le hizo la consulta a Saprissa sobre el caso y esta fue la respuesta: “El Deportivo Saprissa atendió oportunamente dicha resolución emitida por FIFA y la obligación económica ya fue cancelada en su totalidad en el mes de abril, en cumplimiento responsable de sus obligaciones”, destacó el conjunto morado, que honró la deuda establecida por FIFA.Si desea seguir el Blog de Saprissa, Actualidad Morada, aquí encontrará el enlace directo. Asimismo, regístrese en El Boletín Morado para que lo reciba en su correo electrónico.
Information from La Nación (Costa Rica). Edited by: Noticias Today.
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