Corte de Valdivia acoge recurso del INDH y ordena a SLEP elaborar plan para reconstruir colegio quemado hace tres años

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió un recurso de protección interpuesto por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en favor de los estudiantes de la Escuela Diferencial Ann Sullivan, establecimiento de la capital de Los Ríos que fue destruido por un incendio en marzo de 2023 y sigue operando allegado a otro plantel educativo. La acción fue interpuesta en contra del Servicio Local de Educación Pública (SLEP) Valdivia, que el 1 de enero de 2025 recibió los colegios de las comunas de Valdivia, Corral, Lanco, Los Lagos, Máfil, Mariquina, Paillaco y Panguipulli.En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Ignacio Correa Rosado y María Soledad Piñeiro Fuenzalida y la fiscal judicial Paola Oltra Schüler– acogió la acción constitucional luego de establecer que mantener a los estudiantes sin solución definitiva después de más de tres años del siniestro, vulnera las garantías constitucionales de integridad psíquica y física e igualdad ante la ley del alumnado.“Para analizar los hechos que se han puesto en conocimiento de esta Corte debe tenerse presente las obligaciones que el Estado de Chile adquirió al suscribir la Convención de los Derechos del Niño, especialmente lo dispuesto en el artículo 23 sobre los niños, niñas y adolescentes con discapacidad tanto respecto a la asistencia de salud como educacional para el desarrollo de su vida plena, en especial al acceso efectivo a la educación”, sostiene el fallo.La resolución explica que luego de el incendio, los alumnos fueron ubicados temporalmente en dependencias de la Escuela Walter Schmidt y plantea que “la vulneración denunciada se centra en las condiciones inadecuadas en que han debido estudiar los niños, niñas y adolescentes desde hace más de tres años –a esta fecha– sin que la recurrida haya adoptado ninguna medida que proyecte una pronta habilitación segura y adecuada a las especiales y múltiples necesidades que requieren dichos estudiantes”.El fallo indica que en un informe del SLEP se puede apreciar por medio de fotografías agregadas “que, al menos, una de las salas está dividida por medio de un panel provisorio de madera que no cubre toda la altura de la habitación, lo que impide la aislación real por lo que todo lo que sucede en una parte de la habitación puede ser oído en la otra parte”.En ese línea, se explica que esta situación es de mayor relieve “si se considera que por regla general quienes tienen su sentido de la visión disminuido o perdido afinan el auditivo, por lo que esa falta de aislación al menos altera la realización de actividades educativas y de concentración”.La resolución agrega que “se observa que los espacios son pequeños, aunque en buen estado de aseo y luminosidad” y que “no es posible determinar si ese pequeño espacio responde a las necesidades educativas especiales que requieren los educandos, sobre todo si hay variedad de situaciones de discapacidad”. “Por los planos de planta agregados se advierte que el espacio destinado a la Escuela Ann Sullivan, ocupa un pequeño porcentaje del total de la escuela anfitriona y que los espacios si bien están cerca entre sí se dividen en dos y el tercero corresponde a baños.
No se visualizan espacios privados para personal administrativo, directivo o educativos. Tampoco la existencia de algún lugar de consumo o preparación básica de alimentos.
No se advierten medidas de seguridad especiales atendido el tipo de estudiantes que concurren al lugar”, se plantea.La Corte de Apelaciones de Valdivia advirtió que “no resulta razonable mantener hasta la fecha (luego de 3 años de ocurrido el incendio el año 2023) un plan de contingencia que solo pretende atender una emergencia que se ha extendido irrazonablemente, demostrando que la autoridad recurrida ha omitido de forma ilegal y arbitraria cumplir las obligaciones que le impone la ley, sin adoptar las medidas inmediatas ni a mediano o largo plazo que asegure a los y las estudiantes la recuperación de un recinto adecuado para cubrir física y educativamente las necesidades especiales para desarrollar su acceso a la educación, al menos en las mismas condiciones en que estaban antes del incendio que destruyó la Escuela Ann Sullivan, sin que se advierta ninguna acción encaminada a ello”.Siguiendo este razonamiento, se indica que esta situación “en definitiva, repercute en el derecho de igualdad ante la ley de los y las estudiantes, al no recibir una educación en condiciones mínimas y satisfactorias conforme al estándar que la propia normativa establece para dichos efectos”.Para el tribunal de alzada “la situación descrita explica razonablemente la reducción de la matrícula de los alumnos, dada la deficiente situación de infraestructura en que debe funcionar la Escuela Ann Sullivan, negándoles indirectamente el acceso a la educación”. “Esta circunstancia provisoria no puede mantenerse en el tiempo, sin otorgar una solución definitiva acorde a las especiales necesidades requeridas por los y las estudiantes y docentes, máxime cuando esta escuela -así lo dice también la recurrida- es el único referente para el sur del país, es decir, debe cubrir la necesidades educativas especiales de niños y niñas desde Concepción al sur, por lo que su situación precaria significa una negativa de acceso real a la educación especial que necesitan”, concluyó el tribunal.Por tanto, ordenó que el SLEP, en un plazo de 90 días, elabore “un plan integral, formal, fundado y verificable para la solución definitiva de la situación de la Escuela Ann Sullivan, que incluya cronograma de reconstrucción o reubicación, etapas de diseño, financiamiento y ejecución, identificación de responsables y presupuesto asignado”. El plan debe incorporar un enfoque de accesibilidad y adecuación razonable, atendidas las necesidades específicas de los y las estudiantes favorecidas, que presentan discapacidad visual y múltiple.
Information from La Tercera (Chile). Edited by: Noticias Today.
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