"No hay ninguna razón para que el padrastro siga con prisión domiciliaria"

SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA.— Desde la querella señalaron que no hay ninguna razón para que el padrastro condenado por abuso sexual continúe detenido con prisión domiciliaria. En esa línea, también precisaron que existe el riesgo de que el hombre pueda \"vulnerar\" esa modalidad de detención.
Por este motivo, consideraron que corresponde que el sentenciado sea alojado en el Servicio Penitenciario Provincial (SPP) de Miraflores, Capayán. Así lo planteó el abogado querellante de la causa, Pedro Vélez, en diálogo con El Ancasti. \"La prisión preventiva amerita que sea de cumplimiento como cualquier ciudadano en las instalaciones del Servicio Penitenciario Provincial.
No tiene ninguna razón de ser su prisión domiciliaria. Es lo que corresponde legalmente\", remarcó Vélez.
En la oportunidad, el letrado comentó que mientras el padrastro esté preso en su casa \"hay un riesgo cierto de que pueda vulnerar la prisión domiciliaria\". \"Está prisión domiciliaria no brinda la seguridad que brinda las instalaciones del SPP donde el contexto de encierro, los guardicárceles, son un sistema de seguridad que tiene la sociedad para resguardarse de las personas que han cometido delitos y que tienen determinada peligrosidad. No hay ninguna razón para que se mantenga este beneficio\", concluyó.
El hombre fue condenado el 19 de junio de este año. Luego de dos jornadas de debate, en la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial, un jurado popular, integrado por 12 vecinos de la Capital, lo declaró culpable por el delito de \"abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por ser cometido por el encargado de la guarda\".
El último miércoles, se llevó a cabo la audiencia de cesura de pena. Entre el Ministerio Público Fiscal y la querella pidieron penas de entre 10 y 16 años de prisión.
Luego de escuchar los alegatos, el juez director, Luis Guillamondegui pasó a un cuarto intermedio. La audiencia se reanuda la próxima semana con la lectura del veredicto.
Dada la índole del delito, el juicio popular se llevó a cabo a puertas cerradas. El acusado debía responder por “abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por la guarda y aprovechando la situación de convivencia y corrupción de menores agravada por ser la víctima menor de 13 años y por mediar abuso de autoridad en concurso ideal”.
También llegó imputado por dos hechos de “violación de domicilio en grado de tentativa” y dos hechos de “amenazas y desobediencia judicial”. El hombre era el padrastro de una niña de cinco años, al momento de los ultrajes.
En audiencia de cesura de pena, el fiscal de Cámara, Augusto Barros, pidió una pena de 10 años de prisión. Al mismo tiempo, solicitó que el acusado mantenga la prisión preventiva y que realice capacitaciones en torno a la mujer y la niñez.
A su turno, la asesora de Menores, Sandra López Gardel, adhirió al pedido del Ministerio Público. Asimismo, la funcionaria advirtió que a la víctima le corresponde un plus de protección, debido a que se encuentra atravesada por una interseccionalidad de vulneraciones.
Por ello, pidió que se oficien medidas a los Ministerios de Salud y Desarrollo Social como así también la prohibición de todo tipo de contacto del condenado para con la víctima. En tanto que, la querella, representada por el abogado Pedro Vélez, solicitó que el acusado mantenga la prisión preventiva pero con un cambio de modalidad, dado que el imputado se encuentra con prisión domiciliaria.
Finalmente, pidió una condena de 16 años. Por su parte, el abogado Juan Pablo Morales, quien asistió al acusado, peticionó una pena de cinco años y cuatro meses –o, en su defecto, una condena de ocho años-.
También solicitó que su cliente continúe con prisión domiciliaria con el dispositivo electrónico con el que ya cuenta. Finalizados los alegatos, el juez director pasó a un cuarto intermedio.
La próxima semana se hará la lectura del veredicto condenatorio.
Information from El Ancasti (Catamarca). Edited by: Noticias Today.
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