SANTA ROSA.— La Justicia Federal determinó que la exposición regular a los agroquímicos en la zona periurbana genera efectos nocivos para la salud de las personas. Fueron condenados dos ex funcionarios municipales, pero fueron absueltos los productores y el aplicador.Un fallo judicial que lleva la firma de los jueces Román Lanzón, Eduardo Rodríguez y Elena Dilario, del Tribunal Federal 2 de Rosario, estableció que las fumigaciones realizadas en proximidades de viviendas y colegios ubicado en la zona periurbana de Pergamino provocaron daños en la salud de los vecinos.Por este hecho, fueron condenados el ex Director de Ambiente Rural del municipio, Guillermo Naranjo, y el auditor, Mario Tocalini, a dos años de prisión de ejecución condicional y cuatro años de inhabilitación para ejercer cargos públicos, según comunicó el portal Agencia DIB.Asimismo, la justicia absolvió a los productores agropecuarios y a los técnicos en fumigaciones que estuvieron involucrados.

El medio citado remarcó que fue la primera vez que productores rurales fueron acusados por aplicar fitosanitarios.No obstante, no recibieron condena, al igual que el ingeniero agrónomo que se encargó de hacer las aplicaciones. El argumento de los magistrados fue que no se pudo probar que haya existido intención de producir daño.Una copia del fallo y las actuaciones previas fueron enviadas al Ministerio Público Fiscal de San Nicolás para que investigue sobre el papel del intendente de Pergamino, Javier Martínez, así como de otros funcionarios que podrían haber tenido responsabilidad en el funcionamiento de la Dirección de Ambiente Rural de la comuna.La causa se originó a partir de la denuncia de un grupo de vecinos de la localidad, quienes plantearon las consecuencias para la salud que tenían las fumigaciones realizadas mediante aviones en la zona urbana de Pergamino.“Está debidamente probado que la exposición a los agroquímicos habitualmente utilizados en la actividad agropecuaria provocó daños a Sabrina Ortiz, a su grupo familiar más cercano y a otras personas de los barrios”, indica la sentencia.En el mismo sentido, el texto jurídico remarca que durante el juicio se desarrolló evidencia científica que permitió concluir que el hecho de vivir cerca de campos fumigados tiene influencia en enfermedades y otros padecimientos de la población.La justicia estuvo de acuerdo con el planteamiento de los vecinos y confirmó que el término “agrotóxicos” tiene vinculación directa con el daño generado en la salud de la gente.

En base a esto, el tribunal postuló que continúan vigentes las restricciones de distancia para fumigar que persiguen proteger a la población.Agencia DIB explicó que esas distancias son de 1.095 metros para fumigaciones terrestres y 3.000 metros para para aéreas. La fiscalía pidió que estas restricciones fueran incorporadas de forma definitiva a la sentencia y la querella, por su parte, solicitó que se extendieran a escuelas rurales, pueblos y parajes, pero los jueces rechazaron los dos planteos.Lo que sí hicieron los magistrados fue mantener las medidas cautelares hasta que el fallo quede firme y se agoten las instancias de revisión.