El Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo alcanzaron este lunes un acuerdo provisional para endurecer la directiva comunitaria en materia de abuso sexual infantil y la explotación sexual de menores, con el establecimiento de penas más severas y el refuerzo de la asistencia a las víctimas. La nueva directiva europea ofrecerá una definición ampliada de los delitos penales, con la actualización de los ya existentes y la inclusión de otros "con el fin de garantizar que todas las formas de abuso y explotación infantil estén tipificadas, incluido el uso de avances tecnológicos para cometerlos", explicó el Consejo en un comunicado.

Según las nuevas normas, pagar para acceder a la trasmisión en directo de un abuso sexual infantil será ahora punible, así como diseñar o adaptar sistemas de inteligencia artificial (IA) para producir este material y su distribución, una actualización que las instituciones europeas consideraron "necesaria ante la creciente proliferación de material de abuso generado mediante IA o deepfakes", material manipulado para suplantación de identidades. También el acoso sexual, es decir, solicitar a un menor que produzca o comparta este tipo de contenido, se considerará delito, y cuando un menor se encuentra por encima de la edad mínima de consentimiento sexual, habrá delito si existen coacción o amenazas, así como si el agresor se hace pasar falsamente por otro menor.

Los Estados miembros deberán, asimismo, castigar la extorsión sexual a menores, con la novedad de que la posesión y distribución de instrucciones sobre cómo cometer o producir material de abuso sexual infantil también será penada. El consentimiento es otro de los pilares de esta nueva directiva, en la que se establece con una mayor claridad que la ausencia de consentimiento a la hora de participar en actividades sexuales con menores en edad de practicarlas debe ser punible, y señala que el "mero silencio o la falta de resistencia del menor" no constituyen permiso para hacerlo.

La edad de consentimiento sexual para menores continuará siendo competencia de los Estados miembros. Con respecto a los plazos de prescripción, investigación y enjuiciamiento, se ampliarán para "garantizar que las víctimas puedan acceder a la justicia de forma efectiva, teniendo en cuenta que pueden necesitar un largo período de tiempo para denunciar los delitos sufridos durante su infancia".

Asimismo, se pondrán en marcha líneas de ayuda y un acceso "oportuno y gratuito" de las víctimas menores de edad a servicios de salud y asistencia jurídica, al igual que para un alojamiento provisional. El acuerdo provisional deberá ahora ser refrendado por el Consejo y el Parlamento y, posteriormente, será adoptado formalmente por ambas instituciones luego de una revisión jurídico-lingüística.

Los Gobiernos nacionales dispondrán entonces de tres años para adaptar sus códigos penales a la directiva revisada de la UE.