SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA.— Sebastián Ibáñez, abogado del empleado del Registro de la Propiedad Inmueble acusado de beneficiar al fallido \'Trader God\' Edgar Bacchiani, Paulo Ibáñez, cuestionó a Fiscalía de Estado por su proceder en el expediente, afirmó que no comparten el criterio de la Cámara de Apelaciones de conceder una nueva audiencia para revisar el sobreseimiento de su cliente, cuestionó que se fija un mal precedente para las instancias penales y criticó que Fiscalía de Estado lograra la impunidad de las empleadas que sí fueron elevadas a juicio en la misma causa. \"No compartimos el criterio que utilizó la cámara aquí porque ha implicado una alteración de todas las reglas procesales en lo que tiene que ver con las notificaciones. Esto abre hacia el futuro un peligroso antecedente en cuanto a los abogados que no se presenten a las audiencias, que podrán decir que la notificación no la han visto en el correo electrónico, que tampoco se notificó a la parte y van a pedir indefinidamente que se haga la audiencia las veces que se dé la gana y eso va a obstaculizar el desarrollo del proceso judicial penal en todas las instancias donde se convoque a audiencias, tribunales de alzada, Juzgados de Control de Garantías, Fiscalías Penales\", cuestionó Ibáñez.

Los abogados de Fiscalía de Estado habían cuestionado que no habían sido correctamente notificados. El abogado igualmente remarcó que mantienen la calma, ya que consideran que \"las pruebas en las que se funda el sobreseimiento de Paulo Ibáñez dictado por el juez de Control de Garantías nº1 son contundentes e indiscutibles\". \"Tan es así, que el propio fiscal de la investigación, el que tuvo a cargo la investigación, el que representa los intereses sociales, no apeló.

Es decir, se allanó, consintió el sobreseimiento. Si el propio fiscal que hizo la investigación no apeló el sobreseimiento es justamente porque se basa en pruebas contundentes.

¿Qué legitimación puede tener un querellante para apelar? Si el propio fiscal, que es el que reunió las pruebas, no apela.

Por eso, si el fiscal llega a querer intervenir en la audiencia esta que se va a hacer, vamos a pedir su inmediato apartamiento porque no tiene legitimación\", remarcó, en relación con Facundo Barros Jorrat, el fiscal nº6. Para Ibáñez, \"esa es otra cuestión que no puede explicar la Fiscalía de Estado\". \"La querella como sujeto eventual, secundario, que carece de potestad investigativa, no tiene nada que hacer.

No tiene legitimación para apelar nada. Lo que quiere Fiscalía de Estado es meramente dilatar el proceso para evitar que ese sobreseimiento quede firme, porque cuando quede firme la Corte de Justicia tendrá que anular el decreto de exoneración de Pablo Ibáñez y ordenar su reincorporación a su trabajo y que le paguen los salarios caídos de hace tres años, lo cual para el Gobierno de la Provincia es un costo grande.

Acá hay un mero interés administrativo. Si se confirma el sobreseimiento, seguramente Fiscalía de Estado va a ir en casación para seguir dilatando todo, para que el Poder Ejecutivo no pierda el juicio contencioso administrativo con Paulo Ibáñez\", remarcó el letrado.

En esa línea, expresó que cuando se haga la nueva audiencia \"vamos a expresar todo esto, pese a que creemos que se habilitó incorrectamente\". \"Los otros argumentos son muy contundentes, porque surgen de las propias constancias de la causa, de las propias actuaciones y procedimientos\", insistió. Impunidad Para Ibáñez, por querer dilatar el caso del ex jefe de Departamento de Folio Real en el Registro de la Propiedad, \"Fiscalía de Estado, le está dando la impunidad a las otras dos mujeres que sí fueron enviadas a juicio con un requerimiento fiscal que está firme\". \"La mala praxis profesional e institucional de la Fiscalía de Estado sigue repitiéndose.

No tienen rumbo. Mientras tanto, tendrían que empezar a ser juzgadas las otras dos imputadas para las cuales la elevación a juicio ya quedó firme.

Si lo de Ibáñez se sigue dilatando, las otras dos mujeres pueden plantear la prescripción. Ellas están acusadas por un delito que tiene dos años de pena, el incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Desde diciembre de 2024 empezaron a correr los plazos\", explicó. Cronología Causa Registro de la Propiedad 2022.

Cuando cayó la financiera Adhemar Capital, se ordenó una auditoría en el Registro de la Propiedad Inmueble, en busca de los bienes que tenía a su nombre Edgar Adhemar Bacchiani. Se detectaron dos inmuebles que habían sido adquiridos por el \'Trader God\' pero no tenían el cambio de dominio.

Se inició un sumario administrativo y una causa penal contra el jefe de departamento de Folio Real, Paulo Ibáñez, y dos empleadas subalternas: Norma del Valle Bravo y Andrea Beatriz Pacheco. Diciembre de 2024.

Se elevó a juicio la causa con Ibáñez, Bravo y Pacheco como imputados. Ibáñez solicitó su sobreseimiento.

En paralelo, fue exonerado de la Administración Pública. Diciembre de 2025.

El juez de Control de Garantías nº1, Santiago Ahumada Franzzini, dictó el sobreseimiento de Ibáñez. Fiscalía de Estado apeló la decisión.

Se fijó una fecha de audiencia. 21 de mayo de 2026. Se llevó a cabo la audiencia de apelación.

Fiscalía de Estado se ausentó y se consideró desistido el planteo. 28 de mayo de 2026. Fiscalía de Estado afirmó que fue mal notificada.

Pidió una nueva audiencia. 18 de junio de 2026. La Cámara de Apelaciones concedió la nueva audiencia.

Aún no se fijó la fecha.