Madre recurre al TC para forzar acusación penal de expareja por muerte de su hijo en accidente de tránsito en Chicureo

A las 14.00 horas del 27 de abril de 2025, el menor de iniciales M.N.H (11) llegó hasta un centro de eventos ubicado a un costado de la carretera San Martín en Colina, donde fue dejado por su padre, Alan Naguel. Cuatro horas después fue el mismo Naguel quien iba a retirar al menor de edad del lugar.
No obstante, aquello derivó en un accidente de tránsito en el que falleció el niño de 11 años, caso que ahora llegó hasta el Tribunal Constitucional (TC).Lo anterior, porque según da cuenta la investigación del caso, cuando el niño llegó al centro de eventos, fue dejado por su padre al interior del local, no obstante cuando lo retiró se estacionó a un costado de la autopista, desde donde descendió a buscar al menor de edad. Al regresar al vehículo, no obstante, y mientras cruzaban por la caletera, fueron impactados por un automóvil.
Ese impacto le quitó la vida a M.N.H. En una primera instancia, la Fiscalía Local de Chacabuco formalizó al conductor de ese automóvil, Pascual Salinas, a quien se le formalizó por conducción bajo sustancias y cuya conducción, a juicio del Ministerio Público, tuvo responsabilidad en el hecho.
A raíz de aquello, y luego de una resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, Salinas quedó en prisión preventiva en la cárcel de Colina Dos. Pero con el avance de la investigación, la indagatoria a cargo de la Sección de Investigación de Accidentes de Tránsito (SIAT) de Carabineros, determinó a través de un informe a la Fiscalía, que el conductor no conducía bajo los efectos de ninguna droga y concluyó que el accidente se había producido por la conducta de los peatones.
A pesar de aquello, según se ha dado cuenta en la tramitación judicial, la defensa del padre plantea que el hombre sí manejaba bajo el efecto de las drogas y con antecedentes penales.¿Una pena natural? A raíz del avance de la investigación, la Fiscalía Metropolitana Centro Norte pidió al tribunal levantar las medidas cautelares en contra del conductor del vehículo, quien permaneció cerca de seis meses en la cárcel.
Posterior a eso, la Fiscalía llevó a un juicio abreviado al imputado, quien en el procedimiento no aceptó los cargos, lo que derivó en la derivación al juicio oral. Pero en ese proceso, en febrero pasado la defensa de Naguel pidió el sobreseimiento.
En esa ocasión, el Juzgado de Garantía de Colina rechazó dicho sobreseimiento, lo que derivó en que la madre del niño fallecido, en calidad de querellante, pidiera acusar formalmente a su expareja, acusándolo de cuasidelito de homicidio. La Fiscalía, por su parte, decidió no perseverar.
Según pudo conocer este medio, asimismo, los abogados de la mujer recurrieron a la Fiscalía Nacional con el fin de que se ordene a la Fiscalía Local de Chacabuco la reapertura de la indagatoria y, consigo, se fuerce la acusación del padre del menor de edad fallecido. Lo anterior, porque aseguran que los fiscales Gonzalo Álvarez y el exfiscal Xavier Armendáriz, comunicaron que dicha imputación de cargos no ocurriría porque en su caso incurría “una pena natural”, es decir, que los actos del imputado tuvieron consecuencias que, en este caso, son el fallecimiento de su hijo. “Si la Fiscalía se equivocó, lo que corresponde no es esconder el error hasta el final ni intentar maquillarlo.
Lo que corresponde es dar el ejemplo, reconocerlo, rectificar, formalizando al padre y pedir disculpas a la madre y la familia materna. La justicia no se fortalece cuando se defienden decisiones equivocadas, se fortalece cuando las instituciones tienen la valentía de corregirlas”, afirma el abogado querellante, Andrés Balart.“Aquello es lo que se pide al TC la oportunidad de hacer justicia, ya que el Ministerio Público ha hecho un pésimo trabajo”, agrega el abogado.
Asimismo de eso, la madre del menor también ingresó una querella por obstrucción a la justicia. Un caso ante el TCEn paralelo, los abogados querellantes también concurrieron al TC.
La razón, según explican en su requerimiento de inaplicabilidad, es que la Constitución establece que solo el Ministerio Público puede presentar la acusación y no un querellante. En ese sentido, la parte recurrente plantea que existen infracciones constitucionales, específicamente en la afectación del derecho a la víctima a ejercer la acción penal, vulneración de la igualdad ante la ley, infracción al principio de legalidad y prohibición de ejercer funciones jurisdiccionales y vulneración del debida proceso.
Consultado al respecto, Nicolás Allamand -quien representa a la madre- plantea que “en este caso hemos sido insistentes. Es la propia evidencia del Ministerio Público la que concluyó de forma inequívoca que fue el actuar enormemente negligente del padre del menor, quien estaba a su cuidado ese día, fue la causa del atropello y lamentable muerte de su hijo”.
Luego de su ingreso en mayo pasado, recientemente, los abogados de la madre del menor de edad entregaron nuevos antecedentes ante el TC. En particular, citaron el caso de la niña de dos años que falleció en Las Condes mientras se encontraba al cuidado de su padre, caso en el que la Fiscalía sí formalizó al progenitor, quien quedó en prisión preventiva.
Los querellantes, en ese escrito, insisten en que a pesar de la falta de acusación por parte de la Fiscalía, ellos sí podrían acusar, por lo cual piden que sea el Tribunal Constitucional quien los habilite para lograr aquello. “El vicio no se ubica, por tanto, en la existencia de potestades autónomas del órgano persecutor, sino en que ese diseño normativo, aplicado al caso concreto, cierra al querellante toda posibilidad real de accionar”, plantea dicho escrito. Quien también presentó su requerimiento fue la defensa del padre, quien representado por la abogada, Claudia Araya, planteó -entre otras cosas- que se debe rechazar el requerimiento ya que plantea que “el informe emitido por la SIAT, presentan deficiencias metodológicas y omisiones graves que afectan su validez (...) existe una falta de rigurosidad respecto al estado del conductor”, entre otras.
Consulta al respecto, Por ahora, el caso ya fue declarado a admisión a trámite en el TC, tribunal que deberá resolver el proseguir del caso que por ahora se encuentra suspendido en sede penal
Información de La Tercera (Chile). Edición y redacción: Noticias Today.
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