"Tipología de ingreso de desaladoras"

SEÑOR DIRECTOR:La respuesta al desafío de fondo que plantea el Sr. Mario Figueroa, en su carta del martes 9 de junio, se encuentra en la propia ley N°21.813, que entrega distintas herramientas al regulador para procurar que la desalación sea una solución hídrica responsable.
En efecto, no sólo incorpora una nueva tipología de ingreso al SEIA, sino que también faculta al Ministerio del Medio Ambiente a dictar una norma de emisión de salmuera, e incorpora en el análisis de la DGA de las nuevas concesiones de desalación elementos de sustentabilidad de los proyectos.No obstante, no es la política pública la que debe asegurar que los proyectos se desarrollen bajo exigencias ambientales y sociales robustas, sino los propios titulares de proyectos a través de la adopción permanente de innovación tecnológica, información científica e inversión y diálogo territorial. Existe abundante evidencia que permite sostener que los proyectos de desalación ya construidos y en operación responden a estándares que hacen de esta industria una solución hídrica responsable, tanto en lo que se refiere a descargas de salmuera como a otros potenciales impactos en los ecosistemas marinos.
Por ello la nueva tipología de ingreso al SEIA no debe limitarse ni al tamaño de la planta ni a la descarga de salmuera, sino que abarcar toda la complejidad de múltiples variables que pueden determinar la magnitud de los impactos en el medio marino tales como la pérdida de adulto equivalente o la variabilidad natural de la salinidad y las capacidades de dilución del cuerpo de agua receptor. Y es que no hay contradicción entre eficiencia y complejidad cuando el marco regulatorio es capaz de subsumir infinitas circunstancias en categorías normativas que entreguen certeza y predictibilidad.Rafael PalaciosVicepresidente Asociación Chilena de Desalación y Reúso
Información de La Tercera (Chile). Edición y redacción: Noticias Today.
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