TSE condena al PPSO y a pastor por repartir panfletos con motivos religiosos para instar a votar en febrero

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) condenó al Partido Pueblo Soberano (PPSO) y al pastor evangélico Reinaldo Salazar por incitar a los feligreses de su iglesia a votar con base en motivos religiosos en las elecciones del 1.° de febrero.El fallo fue emitido en la resolución 3787-E1-2026 del 29 de mayo. El TSE declaró con lugar un recurso de amparo electoral interpuesto en enero por Marco Antonio Morales Albertazzi y Mauricio Ordóñez Chacón.
El Tribunal constató que el 15 de enero, Salazar, en su condición de pastor y director del Foro Mi País, organizó el llamado “Encuentro por Costa Rica” con otros líderes evangélicos en el Templo Bíblico, en Tibás.Allí, Salazar aseveró que gobiernos anteriores al de Rodrigo Chaves habían cometido supuestas transgresiones a los valores cristianos costarricenses.El pastor comunicó de que votaría por Laura Fernández y solicitó a otros pastores que buscaran líderes de sus iglesias para que repartieran folletos a la salida de los cultos, “para que usted no haga nada desde el altar, ni en el culto y que usted como pastor no se exponga”.En la portada de dichos folletos se mostraba la pregunta “¿Por qué los cristianos evangélicos deben votar por el Partido Pueblo Soberano?“.En respuesta a esto, los folletos decían que la entonces candidata Fernández estaba “comprometida” con este grupo religioso, que el gobierno de Rodrigo Chaves no apoyó la “ideología de género” ni la despenalización del aborto, que el PPSO había acordado dar espacio a candidatos evangélicos y que este partido defendía “la familia natural”.Los magistrados determinaron que si bien los grupos evangélicos pueden tomar posición sobre los temas sociales del país, “no procede que, al amparo de tales roles, utilicen su poder de influencia para incidir en la libre decisión o determinación de los electores que comulgan con su ideología o creencia religiosa”.“En tal caso, se cruza incuestionablemente la línea demarcada por el constituyente, afectando así, de manera refleja, el libre ejercicio del sufragio y, con ello, el sistema de valores político-electorales que sustenta nuestro Estado de Derecho”, señala el fallo. De esta forma, el TSE condenó a Salazar por repatir los folletos y al PPSO por financiarlos, les ordenó abstenerse de cometer acciones de este tipo y a pagar las costas del proceso.Otra investigación en cursoParalelo a este caso, la Dirección General del Registro Electoral investiga una posible falta electoral por estos mismos hechos, por la cual los presuntos infractores se exponen a multas de 10 a 50 salarios base.Los recurrentes también interpusieron el amparo contra LauraFernández, el ahora vicepresidente Francisco Gamboa, la Federación Alianza Evangélica Costarricense, la Asociación Cristiana Templo Bíblico Internacional y el candidato de Nueva República, Fabricio Alvarado.No obstante, estos recursos fueron declarados sin lugar, pues los magistrados no encontraron pruebas de que violentaran el derecho al libre sufragio.
En el caso de Alvarado, al que un recurrente le atribuyó haber invocado motivos religiosos en un video de propaganda electoral, el TSE indicó que solo uso términos como “principios” y “valores” de los grupos conservadores, sin mencionar credos religiosos específicos.
Información de La Nación (Costa Rica). Edición y redacción: Noticias Today.
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