¡Evita el semáforo rojo! La guía de lo que NO puedes traer del extranjero a México

¿Sabes qué cosas no puedes traer del extranjero a México? En tu regreso de un viaje internacional, te enfrentarás al filtro de la aduana; no obstante, antes de pensar en lo que vas a estrenar o comer, tu maleta puede romper la burbuja de felicidad viajera si traes artículos que no entran a territorio nacional.
Es frente a las bandas de reclamo de equipaje y el temido semáforo fiscal, donde muchos descubren que su souvenir perfecto está catalogado como un artículo completamente ilegal o restringido por las autoridades mexicanas. El desconocimiento de las leyes aduaneras y sanitarias es el enemigo número uno de los turistas.
Las fronteras de nuestro país cuentan con un blindaje normativo diseñado para proteger la economía nacional, la salud pública y, de manera muy especial, el equilibrio de nuestros ecosistemas agrícolas y ganaderos frente a plagas y enfermedades que no existen en el suelo patrio. Para que tu próximo regreso de vacaciones sea un éxito rotundo y pases por los filtros de seguridad con una sonrisa de oreja a oreja, es fundamental comprender a fondo cuáles son los artículos que tienen prohibición de ingreso y cuáles requieren de trámites específicos o pagos de impuestos adicionales.
Cualquier tipo de chorizo, salchicha o jamón que no venga en su empaque original de fábrica, perfectamente sellado al vacío, etiquetado en idiomas accesibles y con el sello de la autoridad sanitaria del país de origen, será retenido. Los productos de elaboración casera o adquiridos en mercados tradicionales locales están completamente prohibidos.
En cuanto a quesos, solo se permite el ingreso de quesos maduros industriales que estén perfectamente sellados y cuyos países de origen estén libres de fiebre aftosa. Las croquetas o premios para perros y gatos que contengan ingredientes de origen rumiante (como carne de res o cordero) están altamente restringidos para evitar la introducción de la encefalopatía espongiforme bovina.
El alimento debe venir sellado de fábrica y en porciones moderadas para el consumo del animal que viaja con el pasajero. Queda prohibido el ingreso de frutas y verduras frescas de cualquier parte del mundo.
Esto incluye las manzanas, cítricos, uvas, fresas y bayas que te hayan sobrado del servicio de comida del avión o que hayas comprado en el aeropuerto de origen. Si deseas ingresar productos vegetales, estos deben haber pasado por procesos de transformación térmica, como las frutas deshidratadas en empaques comerciales cerrados, las mermeladas industriales o las conservas envasadas al vacío.
De igual manera, las semillas, nueces con cáscara, plantas vivas, tierra, flores frescas y material de propagación botánica están vetados en el equipaje de mano y documentado, a menos que se cuente con un permiso de importación fitosanitaria expedido previamente por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Si requieres viajar con medicamentos para tu uso personal que contengan sustancias psicotrópicas, estupefacientes o que estén clasificados como medicamentos controlados (como ciertos ansiolíticos, analgésicos potentes o tratamientos para el déficit de atención), es completamente obligatorio que traigas contigo la receta médica original expedida por un profesional de la salud autorizado.
La receta debe incluir de forma clara el nombre completo del paciente (que debe coincidir con el pasaporte), la cédula profesional del médico, el nombre científico de la sustancia activa, la dosis recomendada y la cantidad exacta de medicamento necesaria para la duración de tu estancia o viaje. En cuanto a suplementos, muchos de estos que se venden de forma libre en el extranjero contienen sustancias como la efedrina, la yohimbina o precursores químicos que están prohibidos en México debido a sus efectos secundarios cardiovasculares.
Cada pasajero mayor de 18 años tiene permitido introducir a México, como parte de sus derechos de equipaje personal, un máximo de hasta 6 litros de bebidas alcohólicas o vino por persona. Un máximo de hasta 10 cajetillas de cigarrillos (equivalente a 200 cigarrillos individuales) y hasta 25 puros o, en su defecto, hasta 200 gramos de tabaco picado para pipa o consumo personal.
Toma en cuenta que el ingreso, importación y comercialización de cigarrillos electrónicos, vapeadores, dispositivos de tabaco calentado y cualquier cartucho o líquido de repuesto está completamente prohibido en México. No importa si el vapeador es para tu uso personal, si no contiene nicotina o si lo compraste de manera legal en una tienda departamental del extranjero; al momento de pasar la inspección de equipaje en los aeropuertos mexicanos, el dispositivo te será retirado y destruido por el personal de la aduana.
Cada pasajero que ingresa a México tiene derecho a introducir, como parte de su equipaje personal, dos teléfonos celulares o teléfonos inteligentes de cualquier marca o modelo; una computadora portátil (laptop), una tableta electrónica, una agenda electrónica, una cámara fotográfica profesional o de video, junto con sus respectivos cables, baterías y fuentes de poder. Una consola de videojuegos portátil o de escritorio, junto con un máximo de cinco videojuegos físicos o accesorios de control.
Está terminantemente prohibido introducir al país armas de fuego de cualquier calibre, cartuchos útiles, municiones, pólvora, explosivos, fuegos artificiales y componentes de armamento sin una licencia de importación extraordinaria emitida previamente por la SEDENA. Esta restricción incluye de forma rigurosa a las réplicas de armas de fuego de juguete o decorativos, las pistolas de aire comprimido, los dispositivos de airsoft, las armas de balines y las ballestas deportivas.
De igual manera, los cuchillos tácticos, navajas automáticas, dagas y espadas de colección deben ser declarados de forma obligatoria y solo pueden transportarse de manera excepcional en el equipaje documentado bajo ciertas especificaciones técnicas de empaque, jamás en el equipaje de mano dentro de la cabina de pasajeros. Si asimismo de tus pertenencias personales vienes cargando con regalos, ropa nueva con etiquetas, calzado extra o herramientas tecnológicas que excedan la lista del equipaje personal, estos bienes entrarán dentro del cálculo de tu franquicia de mercancías.
Cuando viajas por vía aérea o marítima, la franquicia autorizada para cada pasajero es de un valor equivalente a 500 dólares estadounidenses (aproximadamente 8,700 pesos). Si ingresas al país por vía terrestre, la franquicia regular es de 300 dólares (5,200 pesos mexicanos), aunque esta cifra suele elevarse de forma temporal a 500 dólares durante los periodos vacacionales oficiales bajo los lineamientos del Programa Héroes Paisanos.
Asimismo, recuerda declarar ante las autoridades aduaneras cualquier cantidad de dinero en efectivo, cheques, órdenes de pago o combinaciones de los mismos que sumen o excedan los 10,000 dólares estadounidenses o su equivalente en cualquier otra moneda extranjera (como euros, yenes o pesos mexicanos). La declaración se realiza de forma sencilla llenando el formato oficial correspondiente en los módulos de la aduana antes de pasar por el semáforo fiscal.
Ahora que sabes qué cosas no puedes traer del extranjero a México, tómalo en cuenta antes de hacer maletas en tu regreso al país.
Información de Excélsior (México). Edición y redacción: Noticias Today.
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