La crisis penitenciaria: décadas de abandono y minutos de indignación

La crisis del sistema penitenciario panameño vuelve a ocupar titulares, como si el país acabara de descubrir que sus cárceles atraviesan una situación crítica. Presentadores, políticos y comentaristas improvisados abordan el tema como si se tratara de una revelación reciente, cuando en realidad esta crisis no es nueva, ni coyuntural, ni producto de un hecho aislado.
Se trata de una realidad cotidiana, persistente y estructural que Panamá ha preferido ignorar durante décadas. Los informes anuales de la Defensoría del Pueblo —especialmente los publicados entre 2008 y 2024— documentan de manera sistemática el hacinamiento extremo, la falta de agua potable, la violencia intramuros, las deficiencias sanitarias, la ausencia de programas de reinserción y las reiteradas violaciones de derechos humanos.
Estas evaluaciones advierten que las cárceles panameñas operan en condiciones que comprometen gravemente la dignidad humana. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha seguido de forma constante la situación de los centros penitenciarios La Joya y La Joyita, donde se han identificado problemas estructurales severos: hacinamiento extremo, deficiencias en el suministro de agua potable, falta de control estatal efectivo en varios pabellones, presencia de armas y dominio de grupos criminales internos.
Entre las actuaciones más relevantes destacan la solicitud de medidas cautelares presentada en diciembre de 2007 por el Centro de Iniciativas Democráticas; la audiencia pública celebrada en 2008, en la que se presentó el informe Del Portón Para Acá Se Acaban los Derechos Humanos; la sentencia de la Corte Interamericana en el caso Vélez Loor vs. Panamá (2010); y las visitas de trabajo realizadas en 2015 por el Relator sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad.
Todas estas fuentes coinciden en un diagnóstico inequívoco: la crisis penitenciaria panameña es estructural y su gravedad es conocida desde hace años, aunque solo ahora se trate como un tema de moda. A estos elementos se suman otros factores estructurales que rara vez ocupan el debate público, pero que resultan esenciales para comprender la magnitud del deterioro.
Panamá mantiene una de las tasas más altas de prisión preventiva en la región, lo que alimenta el hacinamiento y vulnera la presunción de inocencia. La ausencia de una clasificación penitenciaria efectiva provoca que personas condenadas por delitos menores convivan con estructuras criminales organizadas, facilitando la cooptación y la reproducción de la violencia.
En varios centros, el Estado no controla plenamente los pabellones, permitiendo que grupos criminales administren economías ilegales, extorsiones y tráfico de armas. El déficit de personal penitenciario, la falta de una carrera profesional, la rotación constante y la formación insuficiente generan un ambiente institucional frágil y permeable a la corrupción.
A ello se suma un problema crítico del que se habla con insuficiente seriedad: los bajos salarios del personal penitenciario, tanto de los custodios responsables del orden interno como de los agentes de la Policía Nacional encargados del perímetro externo. Aunque se les exige creciente profesionalización, formación especializada y capacidad técnica para operar en entornos de alto riesgo, sus remuneraciones no reflejan la importancia, complejidad ni peligrosidad de sus funciones.
Esta brecha desincentiva la permanencia del personal mejor preparado y aumenta la vulnerabilidad institucional frente a la corrupción, la rotación y la pérdida de experiencia acumulada. La falta de una carrera penitenciaria impide consolidar equipos estables y especializados, perpetuando un sistema marcado por la improvisación y la precariedad.
La insuficiencia de tecnología adecuada y la escasez de personal médico, psicólogos, criminólogos y otros profesionales esenciales para una gestión penitenciaria moderna agravan aún más la situación. La ausencia de programas individualizados de rehabilitación y reinserción, así como la falta de recursos para implementarlos, convierte la reincidencia en un fenómeno previsible.
Sin estos componentes técnicos y humanos, cualquier política penitenciaria queda reducida a mera custodia, sin capacidad real de transformación social. La infraestructura colapsada, la falta de agua potable, las instalaciones eléctricas peligrosas y las condiciones insalubres profundizan el deterioro.
A ello se suman la violencia institucional, el uso excesivo de la fuerza, la ausencia de políticas de salud mental y la inexistencia de programas de seguimiento postpenitenciario, lo que hace de la reincidencia un destino casi inevitable. Conviene recordar que la academia panameña lleva décadas estudiando esta crisis, mucho antes de que se convirtiera en un tema mediático.
En la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá se han desarrollado, desde los años ochenta y noventa hasta la actualidad, múltiples tesis, investigaciones criminológicas y estudios penitenciarios que analizan el hacinamiento, la violencia intramuros, la falta de reinserción, la corrupción institucional y la ausencia de políticas públicas sostenidas. Muchos de estos trabajos, pioneros en la región, han advertido reiteradamente que el sistema penitenciario panameño no solo incumple estándares internacionales, sino que reproduce desigualdades, profundiza la exclusión social y genera más inseguridad.
La academia ha sido una voz constante, rigurosa y crítica, aunque históricamente ignorada por quienes toman decisiones. Mucho antes de que el tema se volviera tendencia, estos estudios ya habían advertido sobre este deterioro, señalando que el sistema penitenciario se orienta hacia un populismo punitivo y una política criminal reactiva.
Múltiples informes, medidas y resoluciones describen con precisión la magnitud del problema. Nada de esto es nuevo; lo nuevo es la atención superficial que ahora recibe.
En este contexto, resulta imprescindible destacar el rol del juez de ejecución de penas, conocido en Panamá como juez de cumplimiento. En cualquier sistema penitenciario moderno, esta figura garantiza la legalidad en la ejecución de la pena, supervisa las condiciones de detención, protege los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad y autoriza beneficios penitenciarios.
No obstante, en Panamá su peso jurídico es insuficiente. Sin una autoridad judicial robusta, la ejecución de la pena queda en manos exclusivas de la administración penitenciaria, lo que abre la puerta a la arbitrariedad y la violación de derechos.
Su fortalecimiento permitiría controlar de manera estricta las condiciones de detención, exigir estándares mínimos, ordenar medidas correctivas y evitar que la pena se convierta en un castigo adicional no previsto por la ley. Otro componente institucional frecuentemente ignorado es la Dirección de Asuntos Penitenciarios del Órgano Judicial, creada mediante el Acuerdo 273 de 2008.
Esta dirección cumple funciones esenciales que la diferencian del Sistema Penitenciario: tramita libertades, coordina traslados y audiencias virtuales, atiende a familiares, apoya en la ubicación de detenidos, gestiona el buzón penitenciario, facilita entrevistas con defensores y participa en visitas de cárcel. Su papel es fundamental para articular al Órgano Judicial con el sistema penitenciario y garantizar el acceso a la justicia.
No obstante, requiere una actualización normativa integral, nuevas competencias y mayor fuerza institucional. Es imprescindible que cuente con personal permanente en todos los centros penitenciarios, con capacidad técnica y presencia continua.
Igualmente, crítico es el rol del director penitenciario, una figura que en Panamá no ha sido profesionalizada. El director de un centro debería ser un profesional especializado en gestión penitenciaria, derechos humanos, criminología, seguridad, administración pública, resolución de conflictos e inteligencia penitenciaria.
No obstante, el cargo suele ser político, sujeto a nombramientos por afinidad y no por mérito, con una inestabilidad que varía según los ciclos gubernamentales. Sin dirección técnica no hay gestión penitenciaria posible, y sin gestión penitenciaria no hay seguridad, rehabilitación ni respeto a los derechos humanos.
Las soluciones no requieren inventar nada. Ya están recogidas en informes, estudios, sentencias y recomendaciones que el Estado ha desatendido durante años: crear una verdadera carrera penitenciaria, fortalecer al juez de ejecución de penas, profesionalizar al director penitenciario, reducir la prisión preventiva, invertir de forma sostenida en infraestructura, implementar programas de educación, trabajo y salud mental, recuperar el control estatal de los pabellones y establecer mecanismos permanentes de transparencia y auditoría.
A ello debe sumarse el endurecimiento de las penas por tráfico de armas, sobornos, drogas y otros objetos prohibidos dentro de las cárceles, con sanciones agravadas para delincuentes, custodios, personal administrativo y agentes policiales. Todo esto es técnica, financiera y jurídicamente posible.
El sistema penitenciario panameño no está colapsando: lleva colapsado décadas. Lo que colapsa ahora es la comodidad de ignorarlo.
La indignación pasajera no sirve; Panamá necesita una política penitenciaria seria, sostenida y basada en evidencia. La pregunta no es por qué las cárceles están mal hoy, sino por qué el país toleró durante tanto tiempo que estuvieran así todos los días.
El autor es abogado, investigador y doctor en Derecho.
Información de La Prensa (Panamá). Edición y redacción: Noticias Today.
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