En julio 2026 hay un feriado nacional, que corresponde al jueves 9 de julio. Asimismo, se adiciona un día no laborable con fines turísticos el viernes 10, por lo que en el séptimo mes del año hay un fin de semana largo.El 9 de julio se conmemora un nuevo aniversario del Día de la Independencia y, de acuerdo a lo que informa el calendario oficial de feriados de la Jefatura de Gabinete, se trata de un feriado inamovible.

Esta jornada coincide con el día jueves de la segunda semana del mes y, como no es trasladable, se respeta la fecha original. No obstante, este año se adiciona un día no laborable puente el viernes 10, por lo que en esta ocasión sí habrá fin de semana largo.Esto se debe a que el Gobierno tiene la potestad de definir hasta tres feriados o días no laborables con fines turísticos por año y este 2026, mediante la resolución 164/2025, definió el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre como jornadas no laborables con fines turísticos, ya que al combinarse con feriados inamovibles, generan fines de semana largos.Qué se recuerda el 9 de julioEn esta fecha del año 1816 se llevó a cabo la firma de la Declaración de la Independencia.

El hecho tuvo lugar en el marco del Congreso de Tucumán, ubicado en San Miguel de Tucumán. Este órgano fue convocado por el Directorio, institución con el control efectivo de los territorios rebeldes a la Corona con sede en Buenos Aires, bajo la dirección interina de Ignacio Álvarez Thomas.Día de la IndependenciaEl acto fue presidido por los representantes de las Provincias Unidas del Río de la Plata, en la casa de doña Francisca Bazán de Laguna.

Esta sede fue denominada Casa Histórica o Casa de Tucumán.Durante las jornadas que signaron la independencia en la provincia norteña, se debatió sobre la necesidad de establecer una nueva nación independiente, que lograra cortar lazos con la monarquía española, alejara la posibilidad del sometimiento a la corona portuguesa y funcionar bajo sus propios objetivos y cumplimientos de deberes cívicos.Qué ocurre si trabajo el feriado del 9 de julio y el día no laborable 10 de julioLa ley 20.744 o de Contrato de Trabajo precisa en el artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Mientras que en el 182 explica que los días no laborables son optativos para el empleador.En los feriados nacionales, tal es el caso del jueves 9 de julio, rigen las normas de descanso dominical.

Es decir que, en caso de que el empleado preste sus servicios durante el feriado, deberá cobrar el doble de una jornada habitual. Mientras que en los días no laborales, como el viernes 10 de julio, el empleador tendrá la opción de elegir si se trabaja y, si decide hacerlo, el empleado percibirá su salario simple.El feriado nacional deberá abonarse el doble de una jornada habitual, mientras que en un día no laborable su remuneración es como la del salario simple.Los feriados y días no laborables que quedan en 2026MesFechaNombre del feriadoJulioJueves 9 de julioDía de la Independencia (feriado inamovible)JulioViernes 10 de julioDía no laborable con fines turísticosAgostoLunes 17 de agostoPaso a la Inmortalidad del Gral.

Don José de San Martín (feriado trasladable)OctubreLunes 12 de octubreDía del Respeto a la Diversidad CulturalNoviembreLunes 23 de noviembreDía de la Soberanía Nacional (feriado trasladable del 20 de noviembre)DiciembreLunes 7 de diciembreDía no laborable con fines turísticosDiciembreMartes 8 de diciembreDía de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)DiciembreViernes 25 de diciembreNavidad (feriado inamovible)