Mundial 2026 mueve viajes y un consumo por más de S/800 millones en el Perú por fiebre mundialistaBCR eleva a 51% el límite de inversión de AFP en instrumentos del exteriorLa Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), en el marco la Ley N.°32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, publicó un proyecto de norma que incorpora nuevos mecanismos de aportación a través de billeteras digitales, aplicativos móviles y otros dispositivos innovadores, a fin de flexibilizar las formas a través de las cuales los afiliados, actuales y futuros puedan mejorar su nivel de cotización en el sistema privado de pensiones (SPP). MÁS INFORMACIÓN: SBS: Fondo de Seguro de Depósitos ahora cubre ahorros hasta por S/122.000Dicha flexibilización viene aparejada de estándares de protección y resguardo de los aportes previsionales de los afiliados, de modo que estos puedan ser acreditados efectivamente en sus cuentas individuales y, de esa forma, contribuir a acceder a mejorar sus niveles de acumulación de recursos y pensión, en línea con los objetivos de ampliación de cobertura del Sistema Integrado Previsional Peruano (SIPP).

Esta medida facilitará a los afiliados la realización de aportes de manera más directa, rápida, segura y accesible, sin necesidad de desplazamientos y con disponibilidad de múltiples plataformas, lo que contribuirá a mejorar el nivel de cotización de sus aportes previsionales. Y, por el lado de las EAF, la oportunidad de brindar una mejor experiencia en el servicio.

Para dicho fin, las empresas administradoras de fondos (EAF) podrán suscribir convenios con instituciones intermediarias que garanticen el cumplimiento de las condiciones de gestión de aportes, así como su seguridad y disponibilidad. Ello, en línea con la próxima implementación de la Plataforma de Acceso al SIPP (PAST), de modo que el afiliado actual o potencial encuentre diversas opciones a través de las cuales pueda mejorar el nivel de acumulación en su cuenta individual.

La SBS también publicó un proyecto de modificación del reglamento para el régimen de inversión de los fondos de pensiones en cumplimiento de la tercera Disposición Complementaria Modificatoria del Reglamento de la Ley N.°32123, con el fin de fortalecer la gestión de los recursos previsionales, ampliar las herramientas con las que cuentan las EAF para aprovechar las oportunidades de inversión en los mercados internacionales y contribuir a generar mayor valor para los afiliados al SPP. LEE TAMBIÉN: Ecommerce Day Perú 2026 reunirá a líderes del sector para analizar impacto de la IA en el comercio digitalLa norma está en línea con la próxima implementación del esquema de benchmarking previsto en la reforma previsional de la Ley N.°32123, fortaleciendo la transparencia y permitiendo contar con referencias más claras para evaluar el desempeño de los fondos de pensiones en el largo plazo. “Así, se establece una metodología más objetiva y alineada con las prácticas internacionales para determinar cuándo un instrumento debe ser considerado como una inversión en el exterior para una mejor definición de las alternativas de inversión disponibles para los fondos de pensiones y una aplicación más predecible de los límites regulatorios”, explicó la SBS.La institución agregó, que como complemento de lo anterior, la propuesta incorpora cambios en los límites aplicables a las inversiones en instrumentos del exterior, con el propósito de brindar a las EAF mayores herramientas para gestionar los recursos previsionales dentro del marco de su responsabilidad fiduciaria y bajo criterios prudenciales.

En particular, se propone que el límite por emisor para entidades con adecuada calidad crediticia sea definido por cada EAF en sus políticas de inversión; mientras que para emisores con mayor nivel de riesgo se mantiene el límite vigente. También se plantea elevar el límite por emisión o serie de instrumentos del exterior, promoviendo una asignación más eficiente de las inversiones y una mayor consistencia con las reglas aplicables a instrumentos locales.