Aunque la tutela pedía como medida cautelar suspender la candidatura del abogado antes de la segunda vuelta presidencia, el Tribunal Superior de Bogotá se negó y pidió más pruebas. La acción busca tumbar la campaña por posibles irregularidades con la doble nacionalidad del aspirante a la Casa de Nariño.El abogado Abelardo de la Espriella lanzó oficialmente su campaña en un evento en el Movistar Arena de Bogotá.Mauricio Alvarado LozadaEl Tribunal Superior de Bogotá admitió una demanda en contra del Consejo Nacional Electoral (CNE) y de la Registraduría Nacional en la que se sostiene que Abelardo de la Espriella no podría ser presidente de la República en caso de ganar la segunda vuelta de las elecciones presidenciales del próximo 21 de junio.

La razón alegada es que la doble nacionalidad del candidato se lo impediría y que las dos autoridades electorales debieron haber suspendido esa candidatura. Aunque la tutela pidió a Tribunal suspender la campaña provisionalmente, esa instancia no accedió.Podría interesarle: Corte Suprema ordenó conducir a Martha Peralta a indagatoria, pero ya estaba en el tribunalEn la tutela se pedía como medida cautelar “ordenar al Consejo Nacional Electoral que, en el término improrrogable de veinticuatro (24) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, suspenda provisionalmente los efectos jurídicos de la inscripción de candidatura del ciudadano Abelardo Gabriel De La Espriella para la segunda vuelta presidencial Del 21 De Junio De 2026”.El caso cayó en manos del magistrado Jaime Andrés Velasco, de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.

El togado determinó que “se hace necesaria la recolección de más elementos de juicio para tomar una decisión frente a las pretensiones que alega el actor, aunado a que conceder el decreto de la medida sería tanto como anticipar el fallo de tutela sin agotar el trámite previsto por el legislador".Le recomendamos: La guía para indecisos: así se diferencian Abelardo de la Espriella e Iván CepedaLa tutela tuvo su origen en la decisión del CNE del pasado 17 de junio en la que negó la petición de revocar la candidatura de Abelardo de la Espriella. El expediente giraba en torno a la posibilidad de que el abogado llegara a la Presidencia teniendo, todavía, la nacionalidad estadounidense.

Con ese documento, se buscaba que el CNE definiera “si el juramento de fidelidad prestado ante un Estado extranjero resulta constitucionalmente compatible con el deber superior de defensa exclusiva de la soberanía, independencia e integridad de la República de Colombia que corresponde al presidente de la República”. Incluso, se pedía prueba de la renuncia de De la Espriella a la nacionalidad de Estados Unidos.

En la decisión se leía que “la adquisición de una ciudadanía extranjera no comporta, por sí sola, la pérdida de la nacionalidad colombiana ni la configuración automática de una inhabilidad para acceder al desempeño de funciones y cargos públicos, especialmente cuando se trata de personas que ostentan la condición de colombianos por nacimiento”. Conozca más:Alertan que propuestas de Abelardo de la Espriella podrían afectar derechos humanos: FIDHAsimismo, se lee que “no resulta jurídicamente admisible derivar restricciones al ejercicio de los derechos políticos a partir de consideraciones relacionadas con supuestos compromisos de fidelidad, potenciales conflictos de intereses o escenarios hipotéticos no contemplados en el texto constitucional, pues ello equivaldría a incorporar causales de inelegibilidad adicionales a las establecidas en los artículos 191, 197 y 179 de la Constitución Política”.Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.