SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA.— La Cámara de Apelaciones hizo lugar a un planteo realizado por Fiscalía de Estado, reconoció la nulidad en el proceso de notificación que se había cuestionado y, en consecuencia, dio marcha atrás con el sobreseimiento que se había resuelto sobre Paulo Ibáñez, ex Jefe de Departamento de Folio Real en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia. Se deberá fijar una nueva audiencia para que Fiscalía de Estado justifique por qué quiere sostener la acusación contra Ibáñez.

Ibáñez estaba acusado de omitir el cambio de titularidad de propiedades a nombre del \'Trader God\' Edgar Adhemar Bacchiani, luego de una auditoría del Registro de la Propiedad en la que detectaron que no se habían cargado los “cambios de dominio” de dos inmuebles que había adquirido Bacchiani. Asimismo de Ibáñez fueron sindicadas dos empleadas subalternas, Norma del Valle Bravo y Andrea Beatriz Pacheco.

Los tres fueron denunciados penalmente y después de sortear varias instancias judiciales el caso fue elevado a juicio oral. La defensa de Ibáñez, ejercida por el abogado Sebastián Ibáñez, se opuso al señalar que no había elementos de prueba para continuar con el proceso y pidió su sobreseimiento.

El juez de Control de Garantías Santiago Ahumada Franzini hizo lugar al planteo, dispuso el sobreseimiento de Ibáñez en primera instancia y confirmó el juicio para las dos empleadas, acusadas del delito de \"incumplimiento de los deberes de funcionario público\" en calidad de coautoras. Allí intervino Fiscalía de Estado, que apeló el sobreseimiento y consiguió una audiencia para fundamentar su planteo.

Esa audiencia se llevó a cabo el jueves 21 en la Sala Penal y nadie de la Fiscalía de Estado se presentó para defender la acusación. Ante esta actitud, el Tribunal dio por desistido el recurso de apelación por \"incomparecencia\" y el sobreseimiento de Paulo Ibáñez quedó firme.

No obstante, Fiscalía de Estado protestó ante Apelaciones al señalar que no había sido correctamente notificada del día y hora y de la audiencia. Ahora, Apelaciones concedió ese planteo, dictó la nulidad de la notificación (que llegó por correo electrónico a uno de los abogados del Estado y no a la cuenta institucional de Fiscalía de Estado), y asimismo dictó la nulidad de los actos que siguieron a esa audiencia: por lo tanto, se vio afectado el sobreseimiento de Ibáñez.