Incentivos fiscales en la CDMX: premiarán a contribuyentes ecológicos

El gobierno de la Ciudad de México ofrecerá incentivos fiscales a las personas físicas o morales que realicen acciones para la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al medio ambiente. Así lo contempla el nuevo Reglamento de la Ley Ambiental de la Ciudad de México en Materia de Autorregulación, Auditorías Ambientales y Certificación de Edificaciones Sustentables.
El Capítulo II plantea que la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) promoverá el otorgamiento de incentivos fiscales a las personas físicas o morales que cuenten con un certificado vigente que demuestre el cumplimiento de los programas de Auditoría Ambiental, Autorregulación y Certificación de Edificaciones Sustentables o mejoren su desempeño ambiental. Los estímulos fiscales dependerán de las acciones tomadas en concordancia con el Código Fiscal de la CDMX.
Las actividades que se consideran prioritarias para efectos del otorgamiento de los estímulos fiscales son la investigación, incorporación o utilización de mecanismos, equipos y tecnologías que tengan por objeto evitar, reducir o controlar la contaminación o deterioro ambiental, así como el uso eficiente de recursos naturales y de energía. El ahorro y aprovechamiento sustentable y la prevención de la contaminación del agua.
La ubicación y reubicación de instalaciones industriales, comerciales y de servicios en áreas ambientalmente adecuadas. El cuidado, conservación, manejo de áreas verdes, Áreas de Valor Ambiental y Áreas Naturales Protegidas, entre otras.
La conservación de la biodiversidad mediante la adopción de principios agroecológicos, uso sustentable o soluciones basadas en la naturaleza. Las medidas para la adaptación a los efectos del cambio climático o para la mitigación de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero, entre otras, acordes con la Ley Ambiental de la Ciudad de México.
El nuevo reglamento también faculta a la Sedema a aplicar una Auditoría Ambiental a los establecimientos o fuentes fijas con propósito de analizar, evaluar y detectar incumplimientos e irregularidades a los principios de política de desarrollo sustentable. “Si durante el procedimiento de auditoría, certificación de edificaciones sustentables o autorregulación se detecta la presencia de un riesgo ambiental inminente de desequilibrio ecológico, daño o deterioro grave a los recursos naturales o casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas o sus componentes, la Sedema determinará o, en su caso confirmará, las medidas inmediatas de urgente aplicación que deberán ser observadas por el establecimiento en cuestión, o bien podrá ordenar alguna o algunas de las medidas de seguridad previstas, independientemente de las sanciones que corresponda aplicar”, señala el nuevo ordenamiento que sustituyó al Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales que estuvo vigente desde octubre de 2010. ENERGÍA: Uso eficiente de energía eléctrica y adopción de tecnologías limpias.
ÁREAS VERDES: Cuidado y conservación de áreas naturales protegidas y zonas de valor ambiental. BIODIVERSIDAD: Uso de principios agroecológicos y soluciones basadas en la naturaleza.
EMISIONES: Mitigación de gases de efecto invernadero y reducción de contaminantes. RESIDUOS: Disminución en la generación de basura y residuos de manejo especial. *mcam
Information from Excélsior (México). Edited by: Noticias Today.
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