Segunda vuelta 2026: Material electoral del extranjero ya es trasladado al Perú luego de cierre del escrutinioResultados ONPE al 94.141%: conteo oficial de segunda vuelta entre Keiko Fujimori y Roberto SánchezEl Jurado Nacional de Elecciones (JNE) advirtió que no todas las personas que se ausentaron durante la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2026 podrán acceder a una dispensa o justificación que extinga la multa electoral. Para ello, será indispensable acreditar con documentos la causal que motivó la inasistencia a las urnas o el incumplimiento de las funciones como miembro de mesa.LEE: Segunda vuelta EN VIVO: conteo oficial ONPE mantiene empate técnico entre Keiko Fujimori y Roberto SánchezAsí lo indicó el vocero del JNE, Luis Grillo, quien recordó que la ausencia en una jornada electoral no implica automáticamente la exoneración de las sanciones establecidas por ley.“No supone que toda persona que no asista al proceso electoral es sujeto a ser dispensado.

Las personas que pueden solicitar o bien una dispensa o bien una justificación son personas que tienen documentos que acrediten la causal que invoca. Solamente bajo esa premisa es que nosotros podemos tramitar”, indicó.Si bien aún no se ha difundido la cifra oficial de ausentismo correspondiente a la segunda vuelta, el funcionario recordó que en la primera jornada electoral más de siete millones de ciudadanos no acudieron a votar, aunque ello no significó una dispensa masiva de las multas.Grillo explicó que el procedimiento para solicitar una dispensa o justificación se realiza principalmente a través de la plataforma virtual del JNE, disponible las 24 horas del día y los siete días de la semana.Los ciudadanos deberán ingresar al portal institucional, seleccionar el proceso electoral correspondiente y la causal que desean sustentar.

Posteriormente, tendrán que adjuntar la documentación digitalizada que respalde su solicitud, como certificados médicos, descansos médicos u órdenes de hospitalización, según corresponda.Asimismo, deberán registrar sus datos personales, incluyendo número de DNI, correo electrónico y teléfono celular. En los casos establecidos por la normativa, también será necesario adjuntar el comprobante de pago por derecho de trámite, cuyo monto asciende a S/ 25.90.Una vez concluido el procedimiento, el sistema enviará un número de expediente al correo electrónico del solicitante para que pueda realizar el seguimiento respectivo.

El JNE dispone de un plazo de cinco días hábiles para resolver este tipo de solicitudes.#EnVivoVocero del JNE explica cómo realizar trámites para dispensas de eleccionesEncuentra más información en la WEB ► https://t.co/WAgcNzGC9I pic.twitter.com/bhqtwVcui0— Canal N (@canalN_) June 8, 2026 Aunque el trámite es predominantemente digital, el organismo electoral comunicó que también recibe solicitudes presenciales en sus oficinas a nivel nacional para las personas que no cuentan con acceso a medios tecnológicos.Multas según condición socioeconómicaEl vocero precisó que el monto de las multas electorales se determina en función de la clasificación socioeconómica de los distritos elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y tomando como referencia la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente.MÁS: José Domingo Pérez amenaza a Jorge Nieto y recibe el respaldo de Roberto Sánchez: el impacto de su reacciónDe esta manera, los ciudadanos que residen en distritos considerados no pobres deberán pagar una multa de S/ 110 por no votar. En los distritos catalogados como pobres no extremos, la sanción asciende a S/ 55, mientras que en los distritos de pobreza extrema el monto es de S/ 27.50.En el caso de quienes fueron designados miembros de mesa y no cumplieron con instalar o integrar la mesa de sufragio, la multa alcanza los S/ 275, equivalente al 5 % de la UIT.VIDEO RECOMENDADO