Confirmaron la pena de 40 años de cárcel para un profesor de artes marciales que abusó de cinco víctimas
Luego de rechazar por inadmisible un planteo de la defensa, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a 40 años de prisión que en 2021 recibió un profesor de artes marciales por haber abusado sexualmente de cinco víctimas.Así lo informaron a LA NACION fuentes del máximo tribunal. “La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena a 40 años de prisión para F. B. [cuya identidad no se publica para proteger a las víctimas] por haber violado a menores de edad, entre ellos, los hijos de su expareja”.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron por inadmisible el planteo de la defensa que reclamaba la revisión de la sentencia en su contra y de la pena impuesta, explicaron los voceros consultados.La sentencia de primera instancia fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) porteño N°1 en julio de 2021. Como parte de la condena, se había ordenado que, una vez que la sentencia quedara firme, se debía llevar adelante la extracción del perfil genético del reo para su remisión al Banco de Datos Genéticos, de acuerdo con la Ley N°26.879, que creó el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.F.
B. era profesor de artes marciales en un gimnasio de Las Cañitas, en el barrio porteño de Palermo. Según el fallo de los jueces Adrián Pérez Lance, Fernando Ramírez y Luis Salas, los abusos sexuales por los que fue condenado duraron meses y, en algunos casos, años.Dos de las víctimas fueron hijos de la expareja de F.
B., y las otras, alumnos. “Aunque las prácticas continuaron después de cumplir los 13 años de edad [las víctimas], el causante fue intercalando la seducción y el dominio basados en una clara asimetría etaria y en su rol de instructor de artes marciales mixtas, asimismo de utilizar herramientas indirectas con mensajes insistentes o directamente atemorizantes enviados a través de redes sociales por supuestos hijos suyos u otros ‘modelos’ que intentaban convencerlos de las ventajas económicas de aquella actividad”, se remarcó en la sentencia de primera instancia.Según comunicó el sitio de noticias de la Procuración General de la Nación, www.fiscales.gob.ar, F. B., asimismo de dar clases de artes marciales, afirmaba tener un estudio de fotografía.
Parte de su estrategia para captar a las víctimas consistía en convencerlas de fotografiarlas a cambio de dinero y en hacerlas participar de “talleres” que no eran más que encuentros en los que abusaba sexualmente de ellas. Durante el juicio se pudo corroborar que el hombre tomó fotos y produjo filmaciones de algunos de los jóvenes que habían sido víctimas de los abusos. “En ninguno de los cinco casos hubo una propuesta sexual explícita, sino que las maniobras comenzaron sutilmente con el argumento de las fotografías más la conveniencia de mejorar el material —y la supuesta paga— exhibiendo sus cuerpos con menos ropa o ya directamente desnudos”, se aseveró en la sentencia.
Según www.fiscales.gob.ar, F. B. se aprovechaba entonces de su supuesto rol de fotógrafo profesional: “Apagaba las luces, ponía música suave para ‘relajar’ a las víctimas y comenzaba con los roces, los tocamientos, hasta llegar a los abusos más graves.
Todo esto ocurría dentro del departamento donde vivía con su pareja, madre de dos de las víctimas, en Palermo”.En la sentencia de primera instancia se expresó: “Imponiendo su figura de profesor de artes marciales, presuntamente entrenado como comando militar, simultáneamente los comenzaba a seducir con la otra faceta del modelaje y la fotografía. Así lograba convencerlos primero e imponerles después sus prácticas sexuales, dejándoles nulo margen para reaccionar en contrario”.En el juicio, el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal general Guillermo Morosi y la auxiliar fiscal Jazmín Auat.
F. B. fue detenido en 2016, cuatro meses después de la denuncia presentada por los dos hijos de su expareja cuando ya eran mayores de edad.La sentencia de primera instancia llegó cinco años después, en 2021.
En diciembre de 2024, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal ratificó aquel fallo.“La defensa oficial llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación con un recurso extraordinario de queja, pero el planteo fue rechazado en virtud del artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial, y así quedó firme la condena”, explicaron fuentes del máximo tribunal.
Information from La Nación. Edited by: Noticias Today.
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