Promulgaron una ley para detectar casos de maltrato infantil y adolescente

RÍO GALLEGOS.— La provincia de Santa Cruz cuenta oficialmente con el “Programa Integral para la Detección Temprana de Maltrato Infantil y Adolescente“, luego de que el gobernador Claudio Vidal promulgara la Ley N° 3.999 mediante el Decreto N° 0494, firmado el pasado 18 de mayo. La iniciativa había sido sancionada originalmente por la Honorable Cámara de Diputados durante una sesión ordinaria realizada el 27 de noviembre de 2025.
No obstante, la norma fue vetada en su totalidad por el Poder Ejecutivo a través del Decreto N° 1.161, emitido el 22 de diciembre del mismo año. Posteriormente, el proyecto regresó al ámbito legislativo y, el 23 de abril de 2026, los diputados provinciales insistieron con el texto original mediante la Resolución HCD N° 084.
De esta manera, y conforme a lo establecido por los artículos 107 y 119 inciso 2 de la Constitución Provincial, el Ejecutivo quedó obligado a promulgar la ley. Se busca la detección temprana y la actuación inmediata ante sospechas de maltrato físico, psicológico, sexual o moral.
El programa fue concebido como una herramienta pedagógica e institucional destinada a fortalecer la capacidad de respuesta del sistema educativo frente a posibles situaciones de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes. Entre sus principales objetivos se encuentra la capacitación de docentes, estudiantes de formación docente, departamentos de orientación y gabinetes escolares para la detección temprana y la actuación inmediata ante sospechas de maltrato físico, psicológico, sexual o moral.
Herramientas La normativa busca dotar a las instituciones educativas de herramientas concretas para intervenir de manera oportuna ante indicadores de violencia, promoviendo asimismo la articulación con los organismos competentes en materia de protección integral de la infancia. Vale señalar que el Artículo 1 aprobado en su momento crea el Programa Integral para la Detección Temprana de Maltrato Infantil y Adolescente, el cual comprende una Guía Técnica y Capacitaciones específicas en el ámbito escolar para la prevención y actuación de manera inmediata ante la sospecha de situaciones de maltrato infantil y adolescente que atenten contra la integridad psíquica, física, sexual o moral de las niñas, niños o adolescentes en la provincia de Santa Cruz.
Se pide la actuación de manera inmediata ante la sospecha de situaciones de maltrato infantil y adolescente. Por su parte, el Artículo 2 implementa el programa integral como herramienta pedagógica para los y las docentes, estudiantes de formación docente, departamentos de orientación y gabinetes escolares y para todas las instituciones educativas, para que el mismo resulte objeto de trabajo diario en las aulas y nexo comunicacional fundamental entre los docentes y las familias, para la prevención y detección temprana de maltrato infantil y adolescente, en las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades de gestión pública y privada.
Mientras que el Artículo 3 faculta al Consejo Provincial de Educación y al Ministerio de Salud y Ambiente a adoptar las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para la realización y creación del Programa Integral a fin de garantizar las acciones y cumplimentar con lo establecido. Finalmente, el Artículo 4 sostiene que será autoridad de aplicación de la presente el Consejo Provincial de Educación o el organismo que el Poder Ejecutivo Provincial disponga.
Con la promulgación de la Ley N° 3999, Santa Cruz incorpora un nuevo instrumento orientado a la prevención, detección y abordaje temprano de situaciones de maltrato que puedan afectar a niños, niñas y adolescentes dentro de la comunidad educativa.
Information from La Opinión Austral (Santa Cruz). Edited by: Noticias Today.
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