La herencia no empieza el día en que se firma un testamento, sino muchas veces cuando la familia, ya en duelo, debe localizar documentos, hablar con bancos, ir al notario, liquidar impuestos y ponerse de acuerdo sobre bienes que no siempre son fáciles de dividir. En Catalunya, asimismo, la tramitación fiscal tiene un calendario preciso: la autoliquidación del impuesto de sucesiones debe presentarse y pagarse, con carácter general, en los seis meses posteriores al fallecimiento, aunque puede pedirse una prórroga dentro de los cinco primeros meses.Seguir leyendo...